Con el flujo turístico hacia la Costa Atlántica, los controles de velocidad se multiplican en las principales rutas bonaerenses. En plena temporada alta, el tránsito se intensifica y también crece la cantidad de fotomultas. Sin embargo, no todas las infracciones están correctamente confeccionadas ni todos los dispositivos cumplen con los requisitos legales.
Fotomultas en rutas de La Costa: cómo verificar si son legales y qué hacer para impugnarlas
Más de 70 radares operan en las rutas 2, 11, 36, 63 y 74. Especialistas explican qué datos debe incluir el acta y cuáles son los pasos para presentar un descargo si la infracción tiene irregularidades.
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Las fotomultas se encuentran activas en las rutas bonaerenses
Actualmente funcionan más de 70 radares distribuidos en los corredores 2, 11, 36, 63 y 74. Las velocidades máximas varían entre 60 y 130 km/h según el tramo. Para que una infracción sea válida, el equipo debe estar homologado y autorizado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), además de correctamente señalizado.
Qué revisar antes de pagar la multa
El Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) publica el listado oficial de cinemómetros habilitados. Si el radar no figura allí o no está identificado en el acta, el conductor puede plantear la nulidad.
Según explicó el abogado Sergio Mohadeb, el acta debe incluir número de radar, fecha y hora exacta, ruta y kilómetro, velocidad permitida y registrada, autoridad interviniente y matrícula habilitante del operador. La ausencia de alguno de estos datos puede invalidar la sanción.
En la provincia de Buenos Aires, el artículo 28 bis de la Ley 14.226 establece que las multas mal confeccionadas carecen de validez jurídica. El plazo para presentar descargo es de hasta 45 días hábiles, mientras que en CABA es de 40 días.
Ante dudas, la ANSV dispone del 0800-122-2678 y el correo [email protected] para asesoramiento. Conocer los derechos y revisar cada detalle puede evitar pagos indebidos y garantizar controles transparentes.
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