12 de diciembre 2007 - 00:00

Indemnizan con casi $ 600 mil a viuda de hombre que murió en la Autopista 25 de Mayo

La empresa concesionaria y la compañía constructora de la Autopista 25 de Mayo deberán indemnizar con 460 mil pesos a la esposa y las hijas de un hombre que murió en un accidente sobre esa vía rápida, en 1994.

Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia (STJ) porteño, al hacer lugar a la demanda de la viuda de la víctima, en representación de sus dos hijas menores.

El tribunal condenó a la concesionaria Huarte SACIF, a la Empresa Argentina de Cemento Armado (EACA) y a Autopistas Urbanas (AUSA) a pagar la abultada indemnización en concepto de daños y perjuicios.

En la resolución, la mayoría de los jueces del STJ rechazaron extender la demanda contra el Gobierno local, pese a que la mujer recalcó que le cabe responsabilidad porque -junto con AUSA- intervinieron "tanto en el diseño como en la construcción" de la Autopista donde tuvo lugar el hecho.

El mortal accidente ocurrió el 22 de febrero de 1994, cuando el hombre -cuyo nombre no trascendió- conducía su vehículo por la Autopista 25 de Mayo y al llegar a la bajada hacia Huergo se detuvo detrás de la cola de vehículos que esperaba el cambio de semáforo.

De repente, el auto fue aplastado por un camión Mercedes Benz con acoplado que no pudo detenerse debido a que se le rompió el sistema de frenos, según lo demostrarían las pericias posteriores.

El conductor del vehículo sufrió graves politraumatismos, y luego de ser trasladado al Hospital Argerich, murió a los pocos minutos.

La mujer de la víctima interpuso una demanda contra el conductor del camión (por "negligencia"), contra la empresa de transporte propietario del mismo (por la falta de mantenimiento del camión), a la concesionaria Huarte SACIF y a la constructora (por el mal estado del camino), a AUSA y al Gobierno porteño.

En primer lugar, la justicia civil hizo lugar a la demanda y condenó a todas las partes a abonar la suma de 580.000 pesos, por el mal estado de la autopista, por la falta de señalización y el diseño de la misma.

Pero todas las partes apelaron, incluso la viuda quien reclamó que el monto de la indemnización se eleve a 1.367.000 pesos en concepto de daño moral, lucro cesante en razón de la pérdida económica ocasionada, por gastos de traslado y por los de la sepultura.

Al ser trasladado a la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad, la demanda fue rechazada en su mayoría por entender que el diseño y defecto de la Autopista no incidió en el accidente, sino que éste sólo fue producto de "el desprendimiento de la manguera del sistema de frenos (del camión), y el exceso de carga que tenía".

Ahora, por mayoría, el STJ, hizo lugar a la demanda en forma parcial ya que no incluyó al Gobierno local como responsable por la construcción de la autopista.

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