25 de junio 2013 - 20:17

Le niegan indemnización por muerte de madre porque tenía 87 años

La Cámara Civil porteña rechazó una demanda que había iniciado la hija de una anciana contra una clínica, tras su muerte, y consideró que la mujer, al tener 87 años, se encontraba "expuesta a fallecer en cualquier momento, por múltiples razones".

El fallo fue dictado por la sala B del tribunal en el marco de una causa por "daños y perjuicios" entablada porque la hija de la fallecida consideró que su madre no había recibido la atención adecuada.

Según el portal jurídico El Dial, el hecho ocurrió el 12 de abril de 2003, cuando una mujer fue a cenar a un restaurante con su madre (sólo identificada como M.I.M. de M) y otros familiares.

En medio de la comida, la anciana dijo que tenía dolores en su pecho y espalda, por lo que fue llevada a la guardia de la clínica Bazterrica, donde le realizaron un electrocardiograma y durante la madrugada, le dieron el alta. A la mañana siguiente, la anciana murió en su casa.

En la denuncia, la hija de la mujer aseguró que el médico que la atendió "no realizó ningún diagnóstico, ni presuntivo ni diferencial, como tampoco un estudio semiológico de la paciente", en tanto el resultado del electrocardiograma no se lo entregaron.

En primera instancia, la Justicia hizo lugar en forma parcial a la demanda y condenó al médico a pagar una suma por "daños y perjucios", pero tras la apelación del profesional, el caso pasó a análisis de los jueces Mauricio Mizrahi, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijoo.

El médico sostuvo que al momento de la consulta "el dolor de la paciente no estaba presente" y no se pudo esclarecer la causa de la muerte. Al respecto, los camaristas dijeron: "Obsérvese que la relación causal ni siquiera se puede estimar de una manera presuntiva, pues -digámoslo sin rodeos- una persona de 87 años está expuesta a fallecer en cualquier momento, por múltiples razones, sin que su deceso pueda realmente sorprender; más allá del natural dolor que ocasionará a sus familiares."

Agregaron que "el galeno no es un garante de la salud del paciente" y que según la partida de defunción la muerte de la mujer se produjo por un "paro cardiorrespiratorio no traumático" y por lo tanto "en verdad no sabemos qué dolencia le ocasionó a la difunta dicho" infarto.

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