24 de agosto 2015 - 11:47

Ordenan investigar a peritos, amigos y esposa de Mangeri

La Justicia solicitó que se inicie una investigación penal contra Diana Saettone y Cecilio Saettone, esposa y primo del portero Jorge Mangeri, condenado por el crimen de Ángeles Rawson, además de vecinos, amigos, forenses y hasta la presidenta de la ONG AVIVI, María Elena Leuzzi por sus declaraciones durante el juicio oral.

Los jueces habían decidido no imputar a la mujer de Mangeri por la relación que tenía con el condenado frente a un eventual encubrimiento, pero el Tribunal Oral Criminal número 9 dio a conocer los detalles del fallo por la causa y ordenó investigarla al sostener que ella no tenía "una licencia para mentir" cuando declaró como testigo bajo juramento.

"Mentir es indigno. La ley procesal expresamente libera a los familiares directos de la disyuntiva que implica obrar indignamente o perjudicar a un ser querido. Nadie obligó a declarar a Diana Verónica Saettone y cuando ella decidió hacerlo, se le advirtió que no debía mentir y que podía negarse a contestar aquellas preguntas que, a su juicio, pudieran comprometer la responsabilidad de su marido", sostuvo el tribunal en su fallo conocido este lunes.

Los jueces Fernando Ramírez, Ana Dieta de Herrero y Jorge Gettas advirtieron que "no corresponde al Tribunal considerar las razones que la condujeron a mentir pero constatada la mentira corresponde iniciar la causa judicial en la que se determine los alcances de su responsabilidad".

Otro de los que serán investigadon son Cecilio Saettone, primo político del portero y expolicía; Jorge Osvaldo Meninguelli y Liliana Graciela Mayorga, amigos del condenado, por una serie de comunicaciones con el portero; y a Pablo Ezequiel Bazán Domínguez y Juan Manuel Cesaretti, integrantes del consorcio, por no haber aludido al hostigamiento de Mangeri hacia las mujeres.

También aparecen el perito forense de la defensa Oscar Méndez, por su declaración "esquiva, ambigua y contradictoria" y por haber aludido a una hipótesis "sadomasoquista" en el crimen; y a Leuzzi.

Según el tribunal, la presidenta de AVIVI fue a la casa de la adolescente al día siguiente de su desaparición y ante los medios habló del entorno familiar de la víctima "de manera impiadosa".

"El Tribunal tiene claro que María Elena Leuzzi procuró involucrarse en el caso y recabar información. El único valor objetivo de su testimonio radica en describir una situación de desborde y angustia en el entorno familiar de Angeles Rawson y la presencia en el lugar de las llaves de la terraza", sostuvo en el fallo.

Detalles del crimen de Ángeles.

Por otra parte, el tribunal también dio detalles de los fundamentos de la sentencia a Mangeri.

En ese sentido, sostuvo que el portero, mediante un pretexto que continuará siendo una incógnita hasta que el propio responsable se quiebre en su relato, la condujo hasta una zona apartada del inmueble cuando ella volvía a su casa de la clase de gimnasia del colegio.

"Mangeri desplegó su verdadero objetivo que no era otro que abusar sexualmente de Ángeles, aprovechándose de la edad de ella, la diferencia de contextura física y en un claro contexto de violencia de género, acreditada por la situación de vulnerabilidad de la nombrada, su condición de mujer, el aprovechamiento de la confianza previa preexistente dado que aquél la conocía desde hacía 11 años, todo ello con el fin de satisfacer sus bajos instintos sexuales, cosificando a su víctima a quien desconoció y ultrajó su dignidad, su libertad sexual e integridad física", detalló el tribunal.

Además, agregó que "Ángeles resistió al ataque sexual, hecho que generó una lucha entre ambos a golpes y arañazos, que dejó en ella lesiones agresivas y defensivas, como también en el físico de su agresor -especialmente a partir de arañazos-, motivo por el cual se hallaron debajo de las uñas de los dedos índice, anular y mayor de la mano derecha de la víctima".

Al no poder abusar sexualmente de ella y con el fin de evitar ser acusado, "decidió darle muerte, para lo cual le oprimió el cuello con una de sus manos y con la otra le obstruyó la nariz y boca, generando con ello un mecanismo de asfixia mixto que mantuvo intencional y deliberadamente hasta matar a su víctima, sofocación que se calcula duró al menos cinco minutos".

Más adelante, el fundamento señaló que el encargado del edificio, "con el fin de garantizar su impunidad, decidió descartar su cuerpo a través de un mecanismo que le resultaba conocido y propio, como es el del sistema de recolección de residuos".

"Para ello, continuó su faena criminal atando el cuerpo sin vida de la joven con distintas sogas sobre sus muñecas, tobillos y cuello, para resultarle más manipulable en aras de sus fines de despojo, colocándole una bolsa de nylon con la inscripción 'DÍA%'e introducir el cadáver dentro de una bolsa de consorcio negra", añadió.

Para cerrar señaló que "si el hecho hubiera ocurrido seis meses antes, una vez que se hubiera depositado el cuerpo en el contenedor de residuos, jamás hubiera aparecido".

"Más aún su hallazgo en los últimos metros de la cinta de selección de residuos para reciclaje fue absolutamente azaroso y poco faltó para que el astuto plan de Mangeri fuera exitoso", indicó.

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