20 de octubre 2009 - 12:42
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Además, evaluaron el contrato de alquiler que firmó River Plate, que "concede a la organizadora el uso transitorio del estadio para el evento musical estipulándose un conjunto de obligaciones asumidas por ésta para el efectivo cumplimiento de las disposiciones municipales relacionadas con la protección de la integridad de los concurrentes".
"Se asumen allí también obligaciones por parte de la organizadora para la contratación de pólizas por responsabilidad civil respecto de los espectadores y para el cuidado de las instalaciones del estadio", recordaron los jueces.
"El contrato de uso transitorio refleja la profunda interrelación entre las actividades organizativas y la actividad que le cabe al mencionado club para evitar la ocurrencia de hechos desafortunados a raíz de la asistencia masiva de espectadores", concluyeron.
De esta manera, señalaron que "no se trata de un simple contrato de locación de cosas sino de un contrato atípico según el cual ambas partes coadyuvan mediante diversas medidas y con intervención de la autoridad pública para el adecuado cumplimiento del evento musical".
"En lugares de gran afluencia de público la presencia de violentos o inadaptados es previsible, por lo que el organizador debe ordenar las medidas de seguridad adecuadas para evitar daños a terceros", añadieron.




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