Enjuiciará Uruguay a los altos mandos del régimen militar
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«Esto fue lo que prometí en la campaña electoral y esto fue lo que les informé a los comandantes militares cuando me reuní con ellos durante el período de transición», antes de asumir el cargo el 1° de marzo de 2005, aclaró el mandatario.
Dijo que también dejó entonces claramente establecido que la vigencia de la ley es entre el 27 de junio de 1973 y el 1° de marzo de 1985, durante el período de facto, que los civiles no están comprendidos por la norma y que tampoco están amparados quienes hayan incurrido en «crímenes aberrantes».
Entre estos destacó los asesinatos en Buenos Aires en 1976 de los legisladores uruguayos Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, y el homicidio de María Claudia García, nuera del poeta argentino Juan Gelman, ejecutada en el mismo año en Uruguay y a quien se le sustrajo su hija recién nacida.
«Los mandos tampoco están amparados» por la ley, afirmó Vázquez.
El artículo 1° de la ley establece que están preservados los funcionarios militares y policiales «en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto», pero no incluye a los mandos que dieron esas órdenes.
En sus declaraciones, Vázquez reiteró que no acompañará el proyecto para anular la Ley de Caducidad.
El pasado 19 de junio, el PIT-CNT, junto a organizaciones sociales, lanzó en Paysandú, 378 kilómetros al norte de Montevideo, la campaña para anular la ley de impunidad, al considerar que «viola en forma flagrante» normas internacionales, como la que estipula que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles y no pueden ser aministiados.
El abogado Oscar López Goldaracena, uno de quienes impulsa la anulación, recordó que «un acto jurídico es nulo cuando tiene un vicio intrínseco que lo convierte en un acto inexistente».




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