SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO
Seguridad social
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Res. 7/23 (SSS) (B.O. 23/5/23)
Jubilaciones. Índice de actualización de remuneraciones desde junio.
Disponen el índice combinado previsto en el art. 2º de la Ley 26.417, sustituido por el art. 4° de la Ley 27.609, para la actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen desde el 31 de mayo o soliciten su beneficio desde el 1 de junio de 2023. Se detalla en anexo adjunto.
Dto. 282/23 (B.O. 29/05/23)
Bonificación especial para jubilados y pensionados.
Aprobaron un refuerzo del ingreso previsional por un monto máximo de $15.000, $17.000 y $ 20.000 que se abonará en junio, julio y agosto de 2023, en forma integral para quienes cobren $70.938,24 y en forma proporcional para quienes cobren hasta $ 80.938,24 Los que cobren más de 80.938.24 y hasta $141.876,48 les corresponde $5000 y los que cobren más de $ 141876,48 hasta $ $146.876,48 el monto también se estipula en forma proporcional hasta alcanzar el tope. Solo en el primer tramo se cobrará el monto máximo del refuerzo. Podrán acceder a la bonificación los titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES; beneficiarios de regímenes nacionales generales anteriores, especiales derogados, o por las ex cajas o institutos provinciales y municipales transferidos a la Nación; quienes acceden a la Pensión Universal para Adulto Mayor y quienes perciben pensiones no contributivas por vejez, invalidez o graciables; madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas a cargo de la ANSES.
L.M.S.
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