Qué cambiará en los conflictos laborales tras las elecciones
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Planes sociales y formación de capital humano
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Atención: el nuevo plazo fijo que le gana a la inflación todos los meses
Sin embargo, una vez superadas las elecciones, habrá que generar las condiciones de mediano y largo plazo, no sólo para el futuro político del gobierno nacional, sino también, y fundamentalmente,para el futuro del desarrollo, el crecimiento económico y la mejora social del país a todo nivel, y con el máximo alcance y efectos (en especial, frente a los desocupados y a la clase media).
En este marco, es muy difícil pensar que las condiciones en las que se desarrollaron los conflictos y los incrementos de salarios durante 2005 continúen el mismo derrotero, y en su caso, también es difícil pensar que este cuadro se agrave en conflictividad y en ajustes de los ingresos que no respondan a cierta razonabilidad. Al efecto, sabemos qué elementos no cambiarán y cuáles necesariamente deben adaptarse.
• Sin modificaciones
Entre los paradigmas que no cambiarán tenemos los siguientes:
a) el Poder Ejecutivo no intervendrá ya con nuevos aumentos de suma fija por vía de decretos;
b) se continuará operando sobre el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil que hoy llegó a $ 630 en el plano interprofesional y seguramente llegará en breve al límite de pobreza, actualmente localizado en $ 810;
c) los salarios se determinarán a través de la negociación colectiva por actividad, por arte oficio o profesión, y por grupo de empresas o por empresa en el plano profesional;
d) las empresas podrán arbitrar sus propios salarios y podrán controlar su política de ingresos, en la medida en que se preserve que los básicos de los convenios sean los pisos de la actividad.
En cambio, las pautas y los paradigmas que deberán cambiar necesariamente son los siguientes:
1) debe cambiar la mecánica de la reclamación basada en el conflicto salvaje y transformarse en un proceso racional, por una fuerte intervención arbitral del Ministerio de Trabajo de cada jurisdicción;
2) las medidas de fuerza podrán sólo ejercerse dentro de los límites constitucionales, basados en la simple abstención sin daños materiales e inmateriales ajenos a dicha abstención, obviamente sin avances sobre el derecho de propiedad ni sobre la libertad o integridad de las personas, y sin efectos ni presiones sobre quienes libremente quieren ejercer el derecho a trabajar;
3) los empleadores deberán enfrentar los conflictos en lugar de ceder o negociar bajo presión, para evitar que se genere la «acción-reaccióny contrarreacción automática» de que bajo una medida de fuerza se obtiene automáticamente un resultado;
4) los salarios deberán enmarcarse en los costos, la productividad, la competitividad y los condicionantes del mercado local e internacional, pues de lo contrario el crecimiento se transformará en retracción y depresión; y
5) las empresas deberán reanalizar su plan estratégico en relación con el costo laboral y con las relaciones laborales y gremiales para poder condicionar los ingresos a los resultados y a los objetivos propuestos por cada compañía.




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