La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitió este martes un comunicado en rechazo al reciente fallo sentencia de la Justicia en lo Civil y Comercial Federal por la cual se prohibió a los medios de comunicación difundir los audios presuntamente grabados en la Casa de Gobierno de la Nación y que se atribuyen a la secretaria general de la presidencia Karina Milei. Juristas, especialistas y referentes de la política condenaron la medida judicial.
ADEPA rechazó el "bozal" legal que prohíbe la difusión de audios de Karina Milei
La entidad aseguró que la decisión del juez Alejandro Maraniello “es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa”.
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“Las prohibiciones preventivas son contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional y afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y conocer hechos de relevancia pública”, sentenció el organismo respecto de la medida tomada por el juez Alejandro Maraniello en medio de la polémica que se generó alrededor de audios difundidos que involucran a funcionarios del Gobierno sobre posibles hechos de corrupción.
Adepa dijo además, a través de sus redes sociales, que la medida “es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa”.
Tras el "bozal" legal de la Justicia a los audios de Karina Milei, así lo informaron los medios del mundo
Los principales medios del mundo no fueron neutrales y cubrieron la noticia. Entre ellos, se pueden mencionar El País, El Mundo (España); Bloomberg (EEUU); O Globo (Brasil); El País Uy; La Tercera, Emol (Chile); CNN en Español y BBC Mundo.
En principio, la versión en español del medio de finanzas de EEUU Bloomberg tituló: "Justicia argentina ordena cese de difusión de audios de Karina Milei".
En esa línea, desarrolló que "seis días antes de una elección clave en Buenos Aires, un juez federal en Argentina ordenó el cese de la difusión de los audios" y tildó el caso como "un escándalo de sobornos".
Por su parte, el medio español El País tituló que "Milei consigue que un juez prohíba la difusión de audios de su hermana grabados en la Casa Rosada" y citó que el Gobierno denuncia una "operación ilegal" vinculada a la inteligencia rusa.
A la par, El Mundo, también de España, anunció la medida afirmando que "El gobierno argentino logra que un polémico juez prohíba difundir los audios de la hermana del presidente y sospecha de espías rusos".
Del lado latinoamericano, el medio uruguayo El País Uy afirmó que el "Gobierno argentino realizó una denuncia por filtración de audios de Karina Milei" y mencionó que "allanarán casa de Jorge Rial". Siguiendo, el medio brasileño O Globo apuntó a que un "Tribunal argentino prohíbe difusión de audios de hermana de Milei tras denuncia del gobierno".
El comunicado de ADEPA en rechazo al fallo judicial que prohíbe la difusión de audios de Karina Milei
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) ha rechazado de modo constante, todas aquellas decisiones de funcionarios públicos por las cuales se ordene no difundir información. En especial cuando se trata de información relativa a funcionarios públicos o a hechos de interés o relevancia institucional.
La reciente sentencia de la justicia en lo Civil y Comercial Federal por la cual se prohíbe a todos los medios de comunicación la difusión de audios presuntamente grabados en la Casa de Gobierno de la Nación atribuidos a la Secretaria General de la presidencia, es un nuevo ejemplo de esas órdenes estatales que limitan de modo ilegítimo las libertades de expresión y de prensa.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene resuelto que, con la sola excepción de la protección de la infancia y la adolescencia, cualquier medida preventiva que limite la circulación de información constituye un menoscabo de la libertad de pensamiento y de expresión.
La publicación de informaciones solo puede dar lugar a responsabilidades ulteriores y el gobierno puede promover la investigación y sanción de los delitos que puedan haber dado lugar a la grabación de los audios, del mismo modo que puede procurar la sanción de cualquier funcionario que haya violado sus deberes de secreto.
Las prohibiciones preventivas, en cambio, son contrarias al artículo 14 de la Constitución Nacional y afectan el derecho de la ciudadanía a informarse y conocer hechos de relevancia pública que pueden -o no- influir en la formación de la opinión pública.
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