El Gobierno de la Nación dispuso este viernes a través de un decreto que las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas en ninguna actividad privada, y quedarán afectadas únicamente a las tareas que hacen a su condición jurídica esencial al servicio del poder público.
El Gobierno decretó que las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas en actividades privadas
El texto indica que queda prohibida “su utilización en cualquier actividad aérea que, por su condición, pueda ser considerada propia de una aeronave privada”.
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Según se detalló en el decreto 712/2024, firmado por el presidente Javier Milei: “Las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas para realizar ninguna actividad aérea distinta de aquella que hace a su condición jurídica esencial al servicio del poder público”, al tiempo que queda prohibida “su utilización en cualquier actividad aérea que, por su condición, pueda ser considerada propia de una aeronave privada”.
Asimismo, la norma define que “las aeronaves privadas de titularidad del Estado Nacional, de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, de los Municipios y de entes descentralizados, desconcentrados o de empresas estatales, podrán realizar actividades aerocomerciales de transporte aéreo y trabajo aéreo en cuanto cuenten con las autorizaciones correspondientes otorgadas por la autoridad aeronáutica”.
Por último, se dispuso que “los servicios de navegación aérea deberán otorgar prioridad de operación a las aeronaves públicas”, las cuales “podrán ser objeto de todo tipo de contratos interjurisdiccionales de utilización, siempre que todas las partes involucradas pertenezcan al Sector Público”.
Además, se instruyó a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) que, al cabo de 120 días de publicado el decreto, dicte una normativa específica relativa al uso de aeronaves públicas o privadas de propiedad estatal.
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