La Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió -por mayoría- declarar la competencia de la justicia federal para entender en el habeas corpus colectivo y correctivo iniciado por el senador nacional Luis Naidenoff, en el marco de la investigación sobre posibles violaciones a los DDHH en la provincia.
Formosa: Casación resolvió que debe intervenir la justicia federal en la investigación sobre posibles violaciones a los DDHH
Los jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani desestimaron la competencia de la justicia provincia. En tanto, el magistrado Daniel Petrone se expresó en forma disidente y en consonancia con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal, Raúl Pleé.
-
Adorni muestra hiperactividad y encabeza una serie de reuniones
-
Retiran un cuadro de Perón y Evita de Casa Rosada y lo reemplazarían por uno de Messi
Luis Naidenoff presentó un habeas corpus por la situación en Formosa.
Los jueces Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani decidieron revocar tanto la resolución de la Cámara Federal de Resistencia como la dictada por la jueza federal de primera instancia a cargo del Juzgado Federal N° 2 de Formosa -tribunales que habían decretado la incompetencia del fuero federal. De esa manera, ordenaron la remisión del expediente a conocimiento de la jueza federal de primera instancia de Formosa para que, en forma urgente, continúe con su trámite.
En tanto, el magistrado Daniel Petrone se expresó en forma disidente y en consonancia con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal, Raúl Pleé, quien indicó que debía intervenir la Justicia provincial de Formosa "con la máxima urgencia que la cuestión requiere".
Naidenoff denunció que en los centros gubernamentales de aislamiento que funcionan en la provincia de Formosa se están produciendo violaciones a los derechos humanos de índole constitucional y convencional.
En su presentación, el titular de la bancada de Juntos por el Cambio en la Cámara alta, afirmó que las medidas de aislamiento dispuestas por el gobierno de la provincia de Formosa provocan la convivencia en un mismo espacio físico entre personas contagiadas del virus Covid-19 y personas sin diagnóstico definitivo. Además, denunció que en tales centros de aislamiento no se respetan mínimamente las condiciones de privacidad, intimidad e higiene, ni las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.
Finalmente, Naidenoff afirmó que, en caso de ofrecer cualquier tipo de resistencia a ser trasladados y/o aislados, a las personas se las amenaza con imputarles la comisión del delito previsto en el art. 205 del Código Penal y con ser privados de su libertad en forma cautelar.
En su fallo, Borinsky y Gemignani recordaron que, siguiendo los lineamientos de la Corte Suprema de Justicia, la Cámara Federal de Casación Penal revocó denegatorias del fuero federal y declaró competente a la justicia federal en reiteradas ocasiones, como en los casos “Zavala” de la provincia de San Luis y “Milagro Sala” de la provincia de Jujuy.
En su voto, también remarcaron las consideraciones efectuadas por la Corte Suprema en el caso “Lee” de noviembre de 2020, ocasión en la que dicho Tribunal le ordenó a la provincia de Formosa que garantizara el efectivo ingreso de los ciudadanos formoseños varados fuera del territorio provincial en el marco de la cuarentena estricta.
Los jueces también resaltaron que las medidas de aislamiento cuestionadas por Naidenoff se enmarcan dentro del contexto de pandemia generada por el virus Covid-19 de alcance nacional y mundial y que, en ese contexto puntual de excepción y emergencia sanitaria, tales medidas dictadas por la autoridad provincial responden a disposiciones de orden nacional decretadas en el marco de la política pública sanitaria.
- Temas
- Formosa
- Justicia
- aislamiento




Dejá tu comentario