Papeleras: Corte de La Haya puso fecha a próxima etapa del juicio
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Generalmente, el plazo para presentar la memoria es más largo e, incluso, llega a superar el año.
La memoria y la contramemoria son los pasos que siguen en este juicio que desde el 8 de junio, con las audiencias de alegatos y réplicas, transita la etapa oral.
La Corte anunció el 13 de este mes, ante la presencia de representantes argentinos y uruguayos, su rechazo a la medida cautelar solicitada por Argentina.
Lo que buscaba Argentina con la medida cautelar era lograr la suspensión de la construcción de las obras de Ence y Botnia en Fray Bentos para facilitar la realización de un estudio independiente de impacto ambiental en la región, ya que estas industrias son consideradas altamente contaminantes por Argentina.
Si bien la Corte no otorgó a la Argentina la medida cautelar, dejó en claro que Uruguay tendrá plena "responsabilidad" sobre el efecto que causen las industrias de celulosa y, de comprobar que contaminan, se puede volver a pedir la suspensión o desmantelamiento de las plantas.
El caso -denominado Plantas de celulosa sobre el Río Uruguay (Argentina v. Uruguay)- continúa porque el pronunciamiento de la Corte fue respecto de la medida cautelar, pero no del asunto de fondo que es la violación del Estatuto del Río Uruguay, denunciada por Argentina.
Argentina pidió el 4 de mayo último la apertura de un proceso contra Uruguay, alegando la falta de cumplimiento por parte del vecino país de sus obligaciones establecidas en el Estatuto del Río Uruguay.
Este estatuto fue firmado por ambos países el 26 de febrero de 1975, con el objetivo de establecer un mecanismo de consulta para la "optimización y utilización racional de la parte del Río Uruguay que ambas naciones comparten".
En su solicitud Argentina atribuía a Uruguay haber autorizado unilateralmente la construcción de dos plantas de pasta de celulosa -considerada altamente contaminante- sobre el Río Uruguay sin la previa notificación y consulta con su contraparte (Argentina).
Argentina se valió del primer párrafo del artículo 60 del Estatuto de 1975 para acudir a la Corte.
En él se establece la jurisdicción del Tribunal Internacional para las disputas que conciernan a la "interpretación" o "aplicación" del Estatuto y que no puedan ser resueltas mediante negociación directa.
El 8 y 9 de junio se realizaron en el Palacio de la Paz, en La Haya, las audiencias de alegatos y réplicas de ambas delegaciones en el marco de la solicitud argentina de una medida cautelar.
El 13 de julio, en una audiencia pública, la presidente de la Corte, Rosalyn Higgins, anunció la decisión de rechazar el pedido de medida cautelar, por 14 votos contra uno.
La decisión de la Corte se fundamentó en que "no había suficientes indicios para pedir el ejercicio de sus poderes, incluidos en el artículo 41 del Estatuto del Tribunal Internacional, como para indicar medidas provisionales (cautelares).




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