Se podrá votar con el DNI tarjeta en los comicios
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Cristina con el DNI tarjeta.
Al adoptar el sistema de una única tarjeta como documento válido para votar y eliminar la libreta en la que se dejaba constancia de la emisión del voto mediante un sello, se establece que se "emitirá una constancia de voto que contendrá los datos" del elector y la firma del presidente de mesa.
Sin embargo, la ley no aclara cómo será esa constancia de voto e indica que "el formato de dicha constancia será establecido en la reglamentación" de la norma, cuando llegue al Ejecutivo.
Esto también fue criticado por referentes de la oposición como el radical Mario Cimadevilla, quien consideró que al no dejar en claro cómo se va a certificar el voto "la ley tiene graves problemas de operatividad".
De todas formas, la reforma aclara que tanto la Libreta de Enrolamiento, como la Libreta Cívica y el DNI "en cualquiera de sus formatos" podrán seguir siendo utilizados para votar.
La ley también establece multas de 50 a 500 pesos para quienes no emitan su voto y no se justifiquen ante la Justicia Electoral en el plazo de 60 días.
Además, fija un régimen de sanciones especial para los empleados públicos al señalar que los jefes de los organismos nacionales, porteños o provinciales deberán dejar constancia cuando sus subordinados no concurran a votar "por actos de servicio".
Pero, a su vez, los empleados de la administración pública deberán presentar, al otro día de las elecciones, la constancia de voto a sus superiores y, en caso de no hacerlo "serán sancionados con suspensión de hasta seis meses y, en caso de reincidencia, podrán llegar a la cesantía".



