El Gobierno nacional oficializó hoy la reglamentación de la Ley 27.555 que establece el régimen del contrato de teletrabajo con precisiones sobre el derecho a la desconexión digital.
¿Teletrabajás? Así funcionará el derecho a desconexión
El Gobierno reglamentó hoy la ley de teletrabajo tras su publicación en el Boletín Oficial. En qué consiste el derecho a la desconexión digital.
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El Gobierno reglamentó la ley de teletrabajo.
La reglamentación salió a través del Decreto 27/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente, Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
La normativa establece un claro "derecho a la desconexión digital", para evitar que las jornadas de actividad laboral de los trabajadores se excedan más allá de las horas pactadas de trabajo a diario.
Cuando la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral.
En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976).
"No se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión. Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos", dice la reglamentación.
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