29 de diciembre 2015 - 20:51

Transfieren por decreto escuchas telefónicas a la Corte

La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial
La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial
El decreto 256/15 publicado en el boletín oficial hizo efectiva la transferencia de la tarea de las escuchas telefónicas junto "con la totalidad del personal, bienes, presupuesto vigente, activos y patrimonio afectados al Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones".

El uso de DNU para disponer la medida, fue argumentado en el mismo decreto en el hecho de que el Congreso Nacional no se encuentra en funciones. El texto reza que "la Corte Suprema dictará el reglamento de funcionamiento del actual Departamento; dicho organismo estará a cargo de un juez penal con rango de juez de Cámara, quien será designado por sorteo y durará en sus funciones por un plazo de un año y no podrá ejercerlas nuevamente hasta transcurrido un período de cinco años".

En los fundamentos menciona que los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional establecen el alcance de la garantía de la inviolabilidad de las comunicaciones. Esta garantía federal -agrega- "sólo es realizable de modo efectivo sujetando la intromisión a las comunicaciones a la existencia de una orden judicial previa debidamente fundamentada".

Según el decreto, "la presente medida comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina".

Asimismo la Corte dictará el reglamento de funcionamiento del DICOM y precisa que dicho organismo estará a cargo de un juez penal con rango de Juez de Cámara, quien será designado por sorteo y durará en sus funciones por un plazo de un año y no podrá ejercerlas nuevamente hasta transcurrido un período de cinco años.

Agrega que si bien el Ministerio Público Fiscal tiene el deber de proceder de acuerdo con criterios objetivos de actuación, "resulta ser una parte principal en el proceso que persigue un interés determinado".
En consecuencia -agrega- "resulta más prudente, teniendo en miras el debido proceso legal, que la ejecución de una orden de intervención de una comunicación sea llevada a cabo por un organismo distinto al que es parte en la investigación".

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