7 de noviembre 2003 - 00:00

Vázquez tiene fecha para defenderse en Diputados

El diputado Ricardo Falú (en la foto junto, al socialista Héctor Polino, quien parece dar instrucciones) encabezó ayer otra previsible sesión de Juicio Político, en la cual se aprobaron 15 cargos contra el juez de la Corte, Adolfo Vázquez.
El diputado Ricardo Falú (en la foto junto, al socialista Héctor Polino, quien parece dar instrucciones) encabezó ayer otra previsible sesión de Juicio Político, en la cual se aprobaron 15 cargos contra el juez de la Corte, Adolfo Vázquez.
El juez de la Corte Suprema Adolfo Vázquez, tendrá que contestar el jueves de la semana que viene los 15 cargos por supuesto mal desempeño que le formuló ayer la comisión de Juicio Político de Diputados.

La dependencia que capitanea el peronista tucumano Ricardo Falú cerrará la renovación del máximo tribunal con esta acusación a Vázquez, aún cuando -a pedido de opositores internos y extramuros del PJ- puede llegar a amagar con sumarios a Augusto Belluscio y Antonio Boggiano en 2004.

Si Eduardo Moliné O'Connor es destituido antes del 10 de diciembre en el Senado (ya renunciaron Julio Nazareno y, desde el mes que viene, Guillermo López), la próxima vacante a producirse será la de Vázquez.

Este proceso avanzará en el primer trimestre del próximo período parlamentario, de acuerdo con los planes de Falú. En el ínterin, se espera la renuncia del octogenario Carlos Fayt, quien prometió dejar la Corte una vez que cese la amenaza de cualquier enjuiciamiento en su contra. Es decir que, en un año, habrá otras 3 sillas a disposición del oficialismo en la cúpula del Poder Judicial, además de la que ya completó Eugenio Zaffaroni.

A Vázquez, quien posiblemente asista a formular su descargo en persona, se lo citó a las 11.30 del próximo jueves, entre otras cosas, para contestar por similares reproches a los que sufrieron Moliné y Nazareno en las causas Macri, Meller y Magariños. En el caso del nuevo procesado, se suma un cuarto expediente, a raíz de la sanción que le impuso la Corte a la jueza Dragonetti (de características parecidas a las del magistrado Héctor Magariño s).

A continuación, el detalle de los cargos que se le achacaron a Vázquez en la comisión de Juicio Político.

MELLER

1) Haber legitimado judicialmente un proceso administrativo fraudulento.

2) Negar al Estado la vía judicial de revisión de una resolución administrativa, que ilegítimamente lo perjudica en centenares de millones de pesos, omitiendo el tratamiento de los serios planteos del recurso, las disidencias y la existencia del proceso penal, lo que hace presumir ante lo manifiesto de las irregularidades y arbitrariedad del caso, que su voto no estuvo motivado por el cumplimiento de su función como juez sino otros intereses.

3) Haber abdicado de manera arbitraria a su responsabilidad de efectuar el control de constitucionalidad en los términos del artículo 14 de la Ley 48.

MAGARIÑOS

4) Invadir la esfera de competencias propias del Consejo de la Magistratura de la Nación, arrogándose facultades de otro órgano del Estado. Ello así toda vez que, conforme el artículo 114 inciso 4º de la Constitución Nacional, es atribución del Consejo de la Magistratura «ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados».

5) Afectar garantías constitucionales, avanzando sobre el derecho a la libre expresión, derecho fundante de todas las demás libertades.

6) Cercenar el derecho a la opinión científica expresada por Héctor Magariños como profesor universitario en ejercicio de su función académica.

7) Violar la independencia del Poder Judicial, amedrentando a un juez de la Nación, a través de una sanción administrativa.

MACRI

8) Obstruir el debido proceso legal, respecto a la tarea de investigación por presunto contrabando llevada a cabo por el juez federal de Concepción del Uruguay, en los autos «Macri, Francisco y Martínez, Raúl s/ Presunto Contrabando».

9) Causar un grave perjuicio al Estado Nacional, al alterar la política económica con respecto al régimen de importaciones y exportaciones.

10) Convalidar la interpretación forzada del principio de cosa juzgada, ya que no existía entre las causas identidad en los hechos, ni en los bienes jurídicos involucrados, ni en las pretensiones punitivas, requisitos indispensables para aplicar el aludido principio, beneficiando a un grupo económico.

11) Haber abdicado de manera arbitraria a su responsabilidad de efectuar el control de constitucionabilidad en los términos del art. 14 de la Ley 48.

12) Hacer un uso arbitrario de las facultades acordadas a

DRAGONETTI

13) Invadir la esfera de competencias propias del Consejo de la Magistratura de la Nación, arrogándose facultades de otro órgano del Estado. Ello así toda vez que, conforme el artículo 114 inciso 4º de la Constitución Nacional, es atribución del Consejo de la Magistratura «ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados».

14) Afectar garantías constitucionales, vulnerando el principio del debido proceso y el derecho de defensa (art. 18 CN).

15) Violar la independencia del Poder Judicial, amedrentando a una jueza de la Nación, a través de una sanción administrativa.

Dejá tu comentario

Te puede interesar