24 de octubre 2002 - 00:00

Ya es ley el tope a las jubilaciones de privilegio ($ 3.100)

Ya es ley el tope a las jubilaciones de privilegio ($ 3.100)
El Senado convirtió ayer en ley la derogación de los regímenes especiales de jubilaciones, que impone un tope de haberes de $ 3.100 para ex funcionarios públicos, incluidos diplomáticos y jueces, durante un año.

La votación, tras un cuarto intermedio de 15 días (cuando se aprobó en general), deja abierto un nuevo frente de conflicto, en especial, con Tribunales, ya que los magistrados esgrimen una protección constitucional que les garantiza la intangibilidad salarial. Es decir que el Ejecutivo tendrá que vetar parcialmente la iniciativa para que no se produzca una catarata de juicio por inconstitucionalidad, algo que saldría más caro al Estado que el ahorro de bajar las jubilaciones especiales a causa de la emergencia. También los jueces podrían fallar contra la política económica del oficialismo. La media sanción en Diputados coincide con fallos de varios camaristas en contra de la pesificación.

Sería suficiente con que Eduardo Duhalde -tal cual había advertido al bloque PJ-deje a resguardo, mediante veto, a jueces y embajadores que hacen aportes extraordinarios y, en consecuencia, reclamarán si se les afectan derechos adquiridos.

• Correcciones

Otra alternativa, según propuso el renovador salteño Ricardo Gómez Diez, es que el Ejecutivo envíe al Congreso un régimen reformulado para ambos sectores en un plazo de 60 días. Aunque puede que Duhalde y sus colaboradores vuelvan a cometer alguna torpeza: basta con recordar que esta misma propuesta que se aprobó anoche fue redactada en la Casa de Gobierno, no obstante lo cual el mismo designado terminó pidiendo correcciones en la Cámara alta, luego de que se avalara la media sanción en Diputados. De lo contrario -sin veto o nueva ley para jueces y servicio exterior-, recrudecerá la pelea del gobierno con el Poder Judicial, tras el cierre del juicio político a la Corte.

En la víspera, ningún legislador puso en duda que se dejaran sin efecto las denominadas jubilaciones políticas que benefician a diputados y senadores con mandato cumplido, ex ministros, secretarios y subsecretarios de Estado, etcétera.

Los pronunciamientos en el recinto reflejaron las disidencias que provocó la ley en todos los bloques y hasta entre los delegados de una misma provincia y partido político. Mientras
José Luis Gioja proclamó que se votara la norma tal cual había llegado de la Cámara baja, su comprovinciana sanjuanina Nélida Martín se manifestó en contrario. Lo mismo sucedió con los riojanos Eduardo Menem y Ada Maza y con los radicales chubutenses Carlos Maestro y Marta Raso, divididos en sus inclinaciones. Entre los provinciales, Gómez Diez y Pablo Walter (Fuerza Republicana) facilitaron la conversión en ley, a contrario sensu del neuquino Pedro Salvatori y del liberal correntino Lázaro Chiappe.

• Derechos adquiridos

En las bancadas mayoritarias, existía temor a ser señalados como defensores de privilegios en determinados medios de prensa, aun cuando esto tuviera un costo -no precisamente políticodemasiado caro para el erario, según explicó Menem.

Este último, junto a
Miguel Angel Pichetto (Río Negro), Jorge Yoma y Marcelo López Arias (Salta), encabeza la movida del PJ para exceptuar a jueces y magistrados de la derogación. «En caso de emergencia se pueden modificar los montos, pero no cambiar el régimen porque afecta derechos adquiridos», sentenció Eduardo Menem. En ese sentido, la Corte dejó sentado en el caso Tobar que, tras la devaluación, resulta arbitraria una rebaja de haberes.

El radical
Raúl Baglini declaró que cualquier juzgado declararía «inconstitucional que se permita a jueces en actividad ejercer la docencia y no a los que se jubilaron, ya que esto último es inconcebible». « No podemos sancionar cualquier barbaridad, porque nosotros también somos custodios de la constitucionalidad de las leyes y ésta no es sólo una facultad de la Justicia», señaló sin recordar que esta misma cámara había legalizado, por ejemplo, la devaluación y, antes, la testimonial intangibilidad de los depósitos bancarios.

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