15 de enero 2010 - 17:49

Aplican retención de 40% a las exportaciones de desechos de metales

El ministerio de Industria y Turismo impulsó tres decretos publicados en el Boletín Oficial que apuntan a fortalecer, en distintos aspectos, el desarrollo de la industria nacional: dos de ellos regulan la exportación de desperdicios y desechos de diversos metales (uno prorroga la suspensión de exportar desechos de metales ferrosos y el otro establece un derecho de exportación del 40 % aplicable a desperdicios de otros metales), mientras que el tercero mantiene en vigencia el régimen de importación de líneas de producción usadas.

Entre los considerando de los decretos se menciona que, los desechos y desperdicios de metales son una materia prima esencial para el desarrollo de la industria, y con la aplicación de estas medidas se apunta a su normal aprovisionamiento.

También se explica que en 2007, se habían fijado derechos de exportación a los desechos de minerales no ferrosos, no obstante continuaron creciendo las exportaciones de esos productos. Como consecuencia, a partir de 2009 se suspendieron las exportaciones, medida que se fue ratificando y a partir de la jornada rige su prórroga por otros 180 días.

En relación a los desperdicios y desechos de otro tipo de metales (comprendidos en 11 posiciones arancelarias de la nomenclatura común del Mercosur), se fija un derecho de exportación del 40 % por el término de los próximos 360 días.

Líneas de producción

El decreto publicado en el Boletín Oficial prorroga hasta el 31 de diciembre de 2010, el régimen de importación de líneas de producción usadas, enmarcado en la política de fomento a la inversión.

Comprende aquellos emprendimientos que incluyen la importación de maquinaria y equipos usados, siempre que cumplan estrictamente con determinadas condiciones de calidad y antigüedad y que formen parte de un proyecto de inversión para la producción nacional.

Entre otros requisitos, para acceder a los beneficios del régimen se debe acreditar una mejora en la competitividad vinculada a la incorporación de la línea de producción, presentar un programa de desarrollo de proveedores y cumplir con un porcentaje del monto destinado a la importación para la adquisición de bienes de origen local o para el acondicionamiento o reconstrucción en el país de esos bienes importados.

Las importaciones de los bienes comprendidos en el régimen tributarán, durante 2010, el 6 % en concepto de Derecho de Importación Extrazona.

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