29 de diciembre 2004 - 00:00

Cómo se devolverá impuesto

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó ayer la devolución del equivalente al pago de un mes de aportes a los monotributistas y autónomos que cumplan con todos sus pagos anuales a través de tarjeta de débito, de crédito, o de cuenta bancaria. Este beneficio había sido implementado en junio de este año junto con el lanzamiento del nuevo régimen para los pequeños y medianos contribuyentes, buscando incrementar el nivel de cumplimiento del régimen.

El organismo dispuso ayer la medida a través de la Resolución General 1.803, con la cual se prorroga además para marzo de 2005, «siempre y cuando los contribuyentes hubieran cumplido con sus obligaciones previsionales», el reintegro anual de la última cuota del pago del monotributo correspondiente a este año. Esto se debe a que en 2004 el nuevo régimen comenzó en junio y que no se completará en 12 meses. En tanto, la Resolución General 1.804 establece que para la determinación del beneficio «se tendrán en cuenta los aportes personales correspondientes a julio de 2004, inclusive y siguientes».

En este caso, la acreditación anual del beneficio se hará efectiva cada año en la cuenta bancaria o tarjeta de crédito, durante enero para los monotributistas, y en febrero para los autónomos. Este incentivo al cumplimiento en los pagos se conoce 24 horas después de que la AFIP resolviera prorrogar para el primer cuatrimestre de 2005 el pago del Impuesto a las Ganancias dispuesto para este mes, y extender hasta el 28 de febrero el plazo para adherir al Régimen de Asistencia Financiera Ampliada (RAFA), que permite a los contribuyentes financiar el stock de deuda hasta en 60 cuotas.

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