30 de octubre 2002 - 00:00

Dan instrucciones por el lavado de dinero

Los bancos ya tienen un completo manual para prevenir operaciones de lavado de dinero. La flamante Unidad de Información Financiera (UIF) publicó ayer en el Boletín Oficial la «Guía de transacciones inusuales o sospechosas en la órbita del sistema financiero y cambiario», que ya comenzó a regir.

Las entidades deberán distinguir entre dos tipos de clientes: habituales y ocasionales. Cuando las transacciones superen los $ 50.000, los clientes serán obligados a presentar una declaración jurada sobre el origen de los fondos. Cuando se trate de una operación de más de $ 200.000, deberán presentar -adicionalmente-la documentación que respalde la operación.

Asimismo, se obliga a los bancos a reportar a la UIF todo reporte sobre operaciones sospechosas de lavado cuando la operación supere los $ 500.000.

Los bancos deberán nombrar un «oficial de cumplimiento», un funcionario de alto nivel que deberá controlar el cumplimiento de los controles antilavado. Asimismo, deberán ajustar los procedimientos de control interno y capacitar al personal para distinguir cuáles son operaciones sospechosas.

•Sospechas

Entre los puntos más importantes que menciona la guía respecto de las transacciones sospechosas, se mencionan estos casos:

• Frecuentes o importantes cambios por caja de pesos a monedas extranjeras o viceversa, sin que esté justificado por la actividad profesional o comercial del cliente.

• Numerosas cuentas por parte de un mismo cliente, cuyo importe total de depósitos ingresados asciende a sumas importantes.

• Cuentas que prácticamente no tienen movimiento, pero que se utilizan esporádicamente para la recepción o envío de grandes sumas.

• Incremento en la frecuencia de uso de cajas de seguridad respecto del habitual.

• Gran número de personas físicas que realizan diversas operaciones en la misma cuenta, sin una explicación adecuada.

• Cuentas que reciben del exterior grandes sumas de dinero inapropiadas para su operatoria.

•Parámetros

Asimismo, también se establecen parámetros para registrar operaciones con fondos ilegales en comercio exterior, inversiones y créditos.

Además, se personalizan casos de funcionarios del banco o de clientes que también deberían incluirse en la lista de sospechosos. La guía antilavado menciona los siguientes casos, incluyendo un párrafo especial para los políticos:

• En el caso de tratarse de «personas políticamente expuestas», se deberá prestar especial atención a las transacciones realizadas por las mismas, que no guarden relación con la actividad declarada y su perfil de cliente.

• También debe prestarse atención a los empleados que muestren un cambio repentino en su estilo de vida.

• Se deberá prestar especial atención a los funcionarios o empleados de la entidad que muestren un cambio repentino en su estilo de vida o se nieguen a tomar vacaciones.

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