19 de febrero 2026 - 15:23

Dólares del colchón: Luis Caputo anunció que las ALyCs podrán recibir depósitos en efectivo

El ministro de Economía anunció que la medida busca canalizar el ahorro de los argentinos hacia la inversión en la economía real.

El Ministerio de Economía comunicó el cambio en la reglamentación.

El Ministerio de Economía comunicó el cambio en la reglamentación.

El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció este jueves una adecuación normativa en la Comisión Nacional de Valores (CNV) que permite a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) captar los "dólares del colchón" de los ahorristas argentinos, a través de fondos de diferentes tipos para su cartera de inversores.

A través de su cuenta de X, el titular de Economía informó que la CNV aprobó la RG N°1108, que adecúa su normativa a las disposiciones establecidas en la Ley N° 27.799 de Inocencia Fiscal y su Decreto reglamentario N° 93/2026. La medida se encuadra en el marco de la Reglamentación del Régimen de Inocencia Fiscal en el mercado de capitales.

Caputo señaló que la medida busca que, al igual que en las sociedades de inversión de los bancos, las ALyCs puedan desarrollar fondos de diferente tipo para su cartera de ahorristas/inversores, incluyendo fondos para el financiamiento de pymes y proyectos de infraestructura, entre otros.

"El desarrollo de un mercado de capitales doméstico robusto, será una fuente de canalización del ahorro hacia la inversión en la economía real, crucial para el crecimiento económico sostenido de nuestro país", expresó el jerarca.

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En esa misma línea, el presidente de la CNV, Roberto E. Silva, manifestó que "el ingreso de fondos y activos al sistema financiero argentino es fundamental para el crecimiento del mercado de capitales".

Tras la modificación, quienes hayan optado por el "Régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias", reglamentado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), pueden aplicar fondos y/o activos en operaciones del ámbito del mercado de capitales o con Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs).

En este sentido, la CNV explicó que quienes opten por invertir sus fondos a través del mercado de capitales o PSAVs podrán realizar:

  • Depósitos en efectivo en las cuentas bancarias de los ALyCs, de los agentes intervinientes en la colocación de FCI y de los PSAVs.
  • Transferencia de valores negociables desde y hacia subcuentas comitentes abiertas bajo su titularidad o cotitularidad en los agentes intervinientes en la colocación de FCI o en los ALyC.
  • Transferencia de Activos Virtuales desde y hacia cuentas abiertas bajo su titularidad o cotitularidad en los PSAVs inscriptos en CNV.

En el caso de la transferencia de valores negociables y la de Activos Virtuales, las jurisdicciones de origen de las subcuentas comitentes o cuentas mencionadas, según sea el caso, no deberán pertenecer al listado de jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal —en los términos del artículo 24 del Anexo Integrante del Decreto N° 862/2019— ni ser consideradas jurisdicciones de Alto Riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

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