¿Inversores en bonos ya pueden iniciar juicios?
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• Tendencia judicial
Las tenencias de privados, como inmuebles o cuentas bancarias, quedan totalmente excluidas -en principio-de esta medida.
Según la experiencia de los últimos años, en general la Justicia busca bloquear divisas y no activos del país en cuestión. Sin embargo, hubo algunos casos de intento de embargo de aviones y otros bienes estatales en los Estados Unidos, como le sucedió a Perú. Las embajadas de la Argentina en las jurisdicciones en donde se radiquen las demandas no corren peligro, ya que se las considera inmunes ante este tipo de reclamos.
Lo que sí entraría en zona de riesgo también son los pagos internacionales que tenga la intención de efectuar la Argentina, ya que podrían ser interceptados judicial-mente.
• Reservas
Un tema clave tiene que ver con las reservas del Banco Central. En los últimos meses, la autoridad monetaria trasladó gran cantidad de dólares desde Nueva York al Banco de Basilea y a otras plazas europeas (especialmente Londres) como acción protectiva. Además de los dólares, la Argentina tiene mínimas reservas de oro que están resguardadas en el Tesoro estadounidense.
En principio, se considera que las reservas de los bancos centrales en todo el mundo son inembargables. Sin embargo, no puede descartarse totalmente que algún tribunal internacional falle en contrario. Por eso, y considerando que la Ley de Convertibilidad establece que los dólares del BCRA son propiedad de los tenedores de pesos, se dispuso una acción preventiva hace tres meses para diversificar la inversión.
«La reacción de los acreedores internacionales será muy agresiva, porque se sintieron discriminados en todo el proceso de negociación respecto de los tenedores locales de los títulos», señaló uno de los miembros del último equipo económico que conoce a fondo la situación.
La misma fuente agregó que «están muy organizados, al revés del default ecuatoriano de 1999, que los tomó por sorpresa».
Con los reclamos judiciales se gatillarían dos cláusulas que tienen la mayor parte de los bonos emitidos por el gobierno en los últimos años:
• Aceleración: significa que los inversores damnificados están en condiciones de exigir ante la Justicia el pago no sólo de todo el capital de la deuda, sino también de los intereses.
• Default cruzado: también conocida como cross default. Implica que un inversor con un bono que no tiene vencimientos próximos igual se puede presentar en la demanda, porque el no pago de un título puntual tiene la misma implicancia sobre el resto de las emisiones. Sólo unos pocos fueron colocados sin esta condición. Se trata de títulos emitidos en el mercado local, como Letras de Tesorería y todas las series de BOCON.
Los únicos que permitirían una presentación inmediata en tribunales de Buenos Aires son los BONEX. En el caso de los BONTES, los tenedores tendrán que esperar que se produzca efectivamente el default para reclamar. Recién en mayo caen los próximos pagos de cupones.




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