20 de diciembre 2005 - 00:00

¿Pueden ahora embargar reservas?

Desde que Néstor Kirchner firmó los decretos de necesidad y urgencia con que dispuso el pago adelantado de todos los vencimientos con el FMI, generó preocupación la posibilidad de que, de ahora en más, las «reservas de libre disponibilidad» -es decir, todo el excedente por encima del equivalente a 100% de la base monetaria- puedan ser alcanzadas por un embargo de acreedores. El temor más cercano son los bonistas que quedaron afuera del canje de deuda, pero el problema no se limita sólo a los fondos que ahora se liberarán para el pago al Fondo sino también a los que ingresen en el futuro para recomponer las reservas.

Para poder disponer de los u$s 9.810 millones para la cancelación de la deuda con el organismo, Kirchner firmó un decreto por el que modificó los artículos 4, 5 y 6 de la Ley de Convertibilidad. Esos cambios crean la categoría de « reservas de libre disponibilidad» -es decir, aplicables a cualquier fin y no sólo a respaldar la moneda circulante-, y las cuantifica como todo monto de reservas en oro y divisas extranjeras que supere 100% de la base monetaria, claro está, al tipo de cambio del momento.

• Duda

Pero el punto más conflictivo es el cambio en el artículo 6 de esa norma. Allí se establece desde 1991 que las reservas «son prenda común de la base monetaria». Tanto la doctrina como la jurisprudencia internacional son claras en el tema: no se pueden embargar en prácticamente ningún tribunal las reservas internacionales que los países utilizan para resguardar su moneda. En ese sentido existen múltiples declaraciones de inembargabilidad de esos fondos que pueden verificarse en la legislación de distintos países.

Esa protección a las reservas frente a acreedores de cualquier país fue lo que hizo que el gobierno de Eduardo Duhalde, al modificar la Ley de Convertibilidad para proceder a la devaluación del peso, mantuviera la vigencia de ese artículo 6. Alberto García Lema fue uno de los abogados que más insistió ante el gobierno por entonces para que mantuviera ese resguardo legal frente a los posibles embargos que podía enfrentar un país en default y al mismo tiempo con fondos depositadosen el exterior. Ahora, la liberación de partede las reservas para imputarla al pago de deuda al FMI siembra para el futuro la duda sobre la posibilidad de que sean embargadas al no representar estrictamente un respaldo de la moneda. La Argentina no tendría inconvenientes ahora con el giro por realizar al FMI, pero en el futuro cualquier recomposición de reservas por encima de 100% de la base monetaria podría quedar alcanzada por un tribunal internacional si un acreedor así lo pide.

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