22 de octubre 2002 - 00:00

Quieren forzar fondo de salvataje a "Clarín"

Un informe que distribuyó Standard and Poor's hace referencia a que 70% de las divisas producidas por las empresas petroleras que extraen y exportan en la Argentina quedará como una especie de fondo («floating») que iría como salvataje a la grave crisis financiera del monopolio «Clarín». Standard and Poor's señala que se alteraría el Decreto 1.589 de enero de 1990 que permitía disponer libremente de esas divisas. Aquí se pudo saber que el fin de fondo sería acordar para el duhaldismo apoyo político del monopolio «Clarín» cuando entregue el gobierno y vuelva al llano y que la presión ante las petroleras que operan la estaría encabezando el propio ministro Roberto Lavagna. Ante la oposición de las petroleras, el ministro habría sugerido la creación de un fideicomiso de apoyo para el salvataje.

Nueva York (Standard & Poor's) - Las leyes y las regulaciones de la industria del petróleo y del gas en la Argentina se encuentran atravesando una etapa de cambios continuos y profundos. Standard & Poor's ha recibido un gran número de consultas relacionadas con las perspectivas de la calidad crediticia de las compañías del sector, principalmente en lo que respecta a las recientes opiniones del procurador general de la Nación contra la posibilidad de las compañías productoras de petróleo de continuar disponiendo libremente de hasta 70% de las divisas producidas por sus exportaciones.

Tal como se mencionara en artículos publicados anteriormente, Standard & Poor's incorpora en su análisis un creciente nivel de intervención estatal y el consiguiente impacto negativo sobre la rentabilidad y la capacidad de generación de fondos de las compañías debido a menores precios de realización (ya sea por impuestos implícitos o explícitos). Sin embargo, si se produce un cambio en el actual régimen legal de libre disposición de divisas en el exterior de las compañías del sector, Standard & Poor's probablemente reducirá las calificaciones de todas las compañías del sector, como resultado del impacto que esta medida podría ocasionar sobre la disponibilidad de financiamiento y flexibilidad.

De acuerdo con lo publicado por la prensa, las opiniones del procurador general se refieren a dos casos específicos y establecen que la Ley 25.561 (Ley de Emergencia Productiva), de enero de 2002, deja sin efecto la legislación particular del sector de petróleo y gas ya mencionada. Si bien las opiniones del procurador no son vinculantes, sí sientan precedente en materia administrativa y pueden ocasionar conflictos entre la industria y el Banco Central en lo que respecta al monto de los fondos provenientes de exportaciones que deben ser repatriados.

• Disponibilidad

El Decreto 1.589/89, publicado en enero de 1990, permite a las compañías participantes de la industria disponer libremente de hasta 70% del producido de las exportaciones y mantener dichos fondos en el exterior. Esta situación distingue al sector petrolero del resto de los productores de commodities en el país (con excepción de las actividades mineras, que gozan de excepciones por 100%). Esta legislación favorable constituyó un elemento de significativa importancia durante el proceso de desregulación llevado a cabo en la década de 1990 y representa hoy un elemento clave en la calidad crediticia de las compañías del sector, especialmente en su capacidad para hacer frente al servicio de la deuda externa y financiar programas de inversión.

La eliminación de esta regulación tendría un fuerte impacto negativo en la industria alterando la ecuación económica que ya se encuentra fuertemente afectada por la pesificación de los precios del gas natural, los cupos de exportación (actualmente dejados sin efecto), las restricciones a las transferencias de fondos al exterior y las retenciones a las exportaciones impuestas en marzo de 2002. Adicionalmente, este cambio amenazaría la habilidad de las compañías del sector para continuar honrando sus obligaciones en moneda extranjera de acuerdo con los términos y exigencias originales y podría condicionar el financiamiento futuro. En este caso, el apoyo de los accionistas se convertirá en un elemento clave para cumplir con las obligaciones financieras. Por otro lado, dado que la industria de petróleo y del gas requiere un uso intensivo de capital, la disponibilidad de financiamiento es crítica para mantener los niveles de producción y empleo y, en consecuencia, los niveles de exportaciones. En el mediano plazo, requerimientos adicionales de repatriación de divisas resultarían en menores inversiones y desencadenarían un círculo vicioso de menor producción, menor empleo, menores impuestos y regalías, y menores retenciones a las exportaciones.

• Deterioro

En definitiva, las restricciones a la utilización de los fondos provenientes de las exportaciones resultarán en un deterioro de la calidad crediticia y, en el mediano plazo, en un profundo retroceso en las mejoras adquiridas durante la última década, como resultado de los menores incentivos para la inversión. La severidad de las bajas de calificación relacionadas con este tema será analizada caso por caso, de acuerdo con el apoyo esperado por los accionistas y la medida en que las posiciones de caja actualmente en el exterior permitan continuar cumpliendo con los compromisos financieros, al menos inicialmente.

Para mayor información acerca de los acontecimientos más recientes en el sector productor de petróleo y gas natural argentino, por favor, referirse a los artículos de Standard & Poor's del 27 de junio "Los fríos vientos de invierno golpean al sector de gas natural argentino", del 11 de junio "Different Winds Blowing in the Latin American Oil & Gas Industry", del 31 de mayo "Negative News on the Argentine Oil & Gas Sector", del 24 de mayo "Will the Argentine Oil & Gas Sector be the next and last National Industry to fall?" y del 21 de mayo de 2002 "Restricciones a las exportaciones: ¿es el motor de la intervención gasolero?". Una copia de estos artículos se encuentra disponible para los suscriptores de RatingsDirect en www.ratings direct.com, la base de datos crediticios on line de Standard & Poor's, y también solicitándolo a argentina@standardandpoors. com.

Dejá tu comentario

Te puede interesar