La provincia de Misiones se sumó al "minigrupo" que integran Córdoba y Neuquén de estados que adhieren al blanqueo nacional. Eso implica que, una vez que las personas que viven en esos territorios regularicen bienes o dólares, no van a poder ser objeto de reclamos del Impuesto a los Ingresos Brutos por períodos anteriores o del Impuesto inmobiliario.
Sólo tres provincias adhirieron al blanqueo: ahora se suma Misiones
Eso implica que las personas que exteriorice bienes van a quedar fuera de la mira de los fiscos provinciales, que no van a poder reclamar Ingresos Brutos atrasados o impuesto inmobiliario.
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“Se adhiere la provincia de Misiones a los términos previstos en el Título II de la Ley Nacional 27.743, Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, denominado Régimen de Regularización de Activos, que contiene los Capítulos I a VIII y los artículos 18 al 44 respectivamente, que como Anexo I forma parte integrante de la presente ley”, dice en articulo 1 de la ley provincial publicada en el Boletín Oficial misionero.
El artículo 2° de la ley señala: “Se establece en el marco de la Ley Nacional 27.743, Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, un Régimen de Regularización de Activos para las personas jurídicas, las personas humanas y las sucesiones indivisas, inscriptas o no ante la Dirección General de Rentas de Misiones, que hayan exteriorizado tenencia de activos conforme a la ley citada y que en razón de ello, resulten dentro del ámbito de competencia de la tributación a cargo de la Dirección General de Rentas, dentro de un plazo que se extiende desde su vigencia y hasta el 30 de abril de 2025 inclusive, con facultad de prórroga por parte del Poder Ejecutivo provincial en caso de extenderse la vigencia del Régimen nacional”.
De acuerdo con la normativa provincial, “en el caso de personas humanas, los bienes declarados deben ser preexistentes al 31 de marzo de 2024 y, en el caso de personas jurídicas, deben ser preexistentes a la fecha de cierre del último balance emitido con anterioridad al 31 de marzo de 2024”.
“Los montos resultantes de la exteriorización de activos deben declararse conforme lo estipulado en la Ley Nacional 27.743, Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, parte pertinente, y en congruencia con lo declarado en igual sentido en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFP), en la proporción que resulta concerniente a esta jurisdicción”, dice la ley provincial.
Sin mucho entusiasmo en el Interior
Quedan todavía fuera del programa de exteriorización de activos 20 distritos, incluida la Ciudad de Buenos Aires, cuyas legislaturas deberían aprobar una ley para adherir a la ley nacional y pareciera ser poco probable que ello ocurra.
Así, luego de subsanar varios errores de redacción y plazos, el plan que ideó el Gobierno para que las personas declaren bienes ocultos, preferentemente dólares en efectivo, tiene la principal barrera en la voracidad de los fiscos provinciales.
Un dato a tener en cuenta es que el Gobierno viene perdiendo en lo que va del año entre el 7% y 8% de su recaudación debido a la menor actividad. Algo que ha compensado con la suba del Impuesto PAIS del 7,5% al 17,5% al inicio del año. Pero esos fondos no se coparticipan y las provincias registran caída de recaudación promedio del 14%
A su vez, la Nación eliminó casi por completo las transferencias no automáticas. Eso implica que las provincias no están en condiciones de soportar la pérdida de ingresos. Incluso los gobernadores acompañan el ajuste nacional con una caída de gastos del orden del 20% real en promedio.
Eso implica que los estados subnacionales no tienen mayores incentivos para adherirse al blanqueo. Por el contrario, van a tratar de ir por aquello que la Nación estará resignando cobrar.
Mario Volman, profesor de impuestos de la UBA, explicó a Ámbito que “la Ley 27.743 invita a las provincias a adherirse al blanqueo nacional ya que esta ley nacional no puede legislar en materia de impuestos provinciales”.
“Si una provincia no adhiere y una sociedad anónima cualquiera que se dedica a la venta de artículos de librería blanquea u$s50.000, el fisco provincial podría acusar de haber tenido ventas en negro y, entonces, pedirle que le pague el Impuesto a los Ingresos Brutos”, advirtió.
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