La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva extra virgen. El producto era elaborado en Mendoza y no cumplía con los requisitos para ser vendido al público, por lo que fue considerado "ilegal".
ANMAT prohibió un aceite de oliva por no cumplir con los requisitos para ser vendido al público
El organismo consideró que el aceite de oliva era un "producto ilegal". Argumentaron que la decisión es para "proteger la salud de los ciudadanos".
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A través de la disposición 3042/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial, el organismo dependiente del Ministerio de Salud justificó su decisión de prohibir la venta del producto, el cual está rotulado como "Aceite de Oliva primera prensada en frío Extra Virgen, Finca Olivares de Cuyo, Cont. neto 500cc, Vto: 03/2026, RNE 02-433735 - RNPA 02-500482, Mendoza", para “proteger la salud de los ciudadanos”.
ANMAT prohibió un aceite de oliva
Según el organismo, la actuación se inició a partir de la consulta de un particular en relación a la genuinidad del producto. Tras llevar a cabo una investigación, la ANMAT descubrió que la marca de aceite de oliva no poseía la debida rotulación y etiquetado en sus envases.
Además, argumentaron su decisión en que el número del Registro Nacional de Establecimientos (RNE) pertenece a otra razón social y el número de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) corresponde a otro producto.
Luego, se realizó una consulta al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza para verificar la información declarada en el rótulo, desde donde informaron que no poseen registros con la marca o nombre de fantasía "Finca Olivares de Cuyo".
La decisión de la ANMAT sobre el aceite de oliva
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) determinó que el producto se encuentra en infracción por "carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
Además, por ser un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente como producto, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, el organismo decidió que no podrá ser elaborado ni comercializado en ninguna parte del país.
De esta manera, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del aceite de oliva a fin de proteger la salud de los ciudadanos.
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