29 de julio 2024 - 11:30

¡Atención SUAF de ANSES! Cuáles son los cambios en los requisitos para agosto 2024

Los hogares que reciban el SUAF de parte de la ANSES deberán recalcular los Ingresos del Grupo Familiar y notificar cualquier cambio dentro de los montos.

Modificaciones en el SUAF para agosto 2024.

Modificaciones en el SUAF para agosto 2024.

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) anunció el calendario de pagos de agosto junto con los aumento correspondientes a raíz de la nueva Ley de Movilidad. Además, confirmó que algunas prestaciones verán ciertas modificaciones en sus requisitos para poder acceder a ellas. Este es el caso del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

La Asignación Familiar por Hijo verán un cambio en los requisitos, ya que para calcular los ingresos familiares mensuales y así determinar si el hogar aplica para el beneficio, se toma de referencia el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El valor de este se definió recientemente y regirá hasta octubre de 2024.

ANSES AUH
La Asignación Universal por Hijo (AUH) y Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) son diferentes prestaciones que ofrece la ANSES.

La Asignación Universal por Hijo (AUH) y Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) son diferentes prestaciones que ofrece la ANSES.

La modificación para cobrar SUAF en agosto 2024

Con la suba del Salario Mínimo, Vital y Móvil, los ingresos mínimos de los hogares van a cambiar, por lo que las familias tendrán que recalcular si alcanzan el monto de $1.012.460 en bruto.

Quienes deseen cobrar las asignaciones familiares no deben superar los topes vigentes respecto a los Ingresos del Grupo Familiar (IGF). Este consiste de la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar, en particular el de los padres, y para calcularlo se contemplan:

  • Los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia
  • Los haberes de jubilación y pensión
  • Los montos de la Prestación por Desempleo
  • Los planes sociales
  • Las prestaciones contributivas y/o no contributivas de cualquier índole
  • Las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio domestico

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