29 de abril 2011 - 15:24
Condenas de 27 y 20 años de cárcel por el crimen de Urbani
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Oscar "El Pelado" Pérez Graham, el presunto líder de la banda.
Las condenas fueron menores a las pedidas por los fiscales Cosme Iribarren y Rodrigo Caro, quienes habían reclamado reclusión y prisión perpetua para Pérez Graham y Herrera, respectivamente, al entender que habían cometido un homicidio calificado "criminis causae", es decir, matar para ocultar otro delito (en este caso el robo) y lograr la impunidad.
Según determinaron los jueces María Angélica Etcheverry, Luis Rizzi y Federico Tuya en el fallo, ambos acusados no mataron para ocultar el robo, pero tuvieron una activa participación en el hecho que se estaba cometiendo en la casa de la víctima.
En ese sentido, entendieron que se representaron o debieron representarse la posibilidad de la utilización de las armas de fuego que portaban, más allá de no haber sido quienes efectuaron el disparo mortal, ni se encontraban en el mismo lugar que el menor de edad que sí lo hizo.
A fin de determinar el tipo penal aplicable (homicidio en ocasión de robo), se tuvo en cuenta que cuando se efectuó el disparo que mató a Urbani sólo se encontraban en un dormitorio un ladrón adolescente y la víctima.
En tanto, Pérez Graham estaba dentro de un auto estacionado en la puerta de la casa, y Herrera se encontraba en otro lugar de la casa junto a la hermana y la madre de Urbani, dijeron en el fallo.
Se acreditó que, tras escuchar el balazo, Herrera se dirigió a ver qué había ocurrido y luego junto, con otro cómplice también menor de edad, decidieron retirarse de la casa y sólo quedó en el interior el autor del disparo.
Por el crimen, ya hay dos adolescentes que fueron declarados responsables en otro juicio que realizó el año pasado el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil 3 de San Isidro, pero a quienes se les aplicará la pena a mediados de año, cuando cumplan 18 años.
En ese primer debate, los menores de edad también habían sido sentenciados por "homicidio en ocasión de robo", que tiene una pena de 10 a 25 años de prisión, pero la sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro modificó esa figura a "homicidio criminis causae", que prevé prisión perpetua.
El hecho ocurrió la madrugada del 10 de octubre de 2009, cuando cuatro delincuentes interceptaron a Urbani mientras estacionaba su auto y lo obligaron a ingresar a su casa de la avenida Liniers 1988, de Tigre, donde dormían su madre y su hermana.
Mientras los delincuentes juntaban los objetos de valor y los cargaban en el auto de Santiago, el joven músico fue asesinado en el cuarto de su hermana de un escopetazo en la cabeza.
Los delincuentes escaparon con 2.000 pesos, alhajas, electrónicos, electrodomésticos, dos guitarras eléctricas que eran de Santiago y calmantes medicinales.
Incluso, la propia madre de la víctima contó que luego de escucharse el escopetazo, el asesino de su hijo entró a su habitación y le exigió la entrega de "rivotril" y no se fue de la casa hasta que ella le dio una caja de calmantes.
En tanto, en el juicio oral una joven declaró que uno de los delincuentes le tomó fotos a Santiago cuando ya estaba muerto y que ella las vio en una cámara digital.



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