Este sábado y domingo rigen las medidas que dispuso el presidente Alberto Fernández entre el 22 y el 30 de mayo. Una etapa que ordenó un confinamiento estricto en casi todo el país, con el fin de mitigar la propagación del Covid-19.
Comenzó el confinamiento estricto que durará todo el fin de semana: qué se puede hacer y qué no
Las medidas estarán vigentes en las zonas de alto riesgo y de alama epidemiológica, con el fin de mitigar la propagación del coronavirus en Argentina.
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El pasado 20 de mayo, el jefe de Estado estableció, entre otros puntos, nueve días de confinamiento para todos los lugares que se encuentren en alto riesgo o alarma epidemiológica. De este modo, así como estaba estipulado, se repetirán a partir de las 0 del sábado y culminarán apenas comience el lunes 7 de junio.
Restricciones del fin de semana del 5 y 6 de junio
En el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y en 133 distritos de la provincias de la Argentina, con excepción de La Rioja, quedará suspendido:
- El 5 y el 6 de junio la circulación sólo estará permitida entre las 6 y las 18. Las salidas en ese horario no van a necesitar un permiso de circulación, pero las personas que salgan “no podrán circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia”, y deben circunscribirse a compras de supermercado, farmacia u otros comercios de cercanía.
- Se podrá ir a las plazas a realizar ejercicios individuales.
- Los accesos a la Ciudad de Buenos Aires volverán a restringirse y será necesario un permiso de circulación para presentar en los controles.
- La gastronomía se limitará al delivery o takeaway.
- El transporte público se mantiene habilitado para trabajadores esenciales con permiso de circulación.
- Permanecen prohibidos los encuentros sociales en espacios cerrados.
- Permanecen prohibidas las reuniones sociales al aire libre.
Restricciones por Covid-19: qué pasa con el transporte público
El transporte público será uso exclusivo para los trabajadores de tareas esenciales.
Para usar los trenes, subtes o colectivos deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”, con el permiso correspondiente. Lo mismo ocurrirá para quienes utilicen sus vehículos particulares y decidan trasladarse.
Cómo se tramita el permiso para circular en CABA y Provincia de Buenos Aires
Quienes ya tengan un permiso de circulación a causa de sus trabajos no deben renovarlos. Sin embargo, aquellos que aún no lo tengan, cuenta con dos opciones para solicitar el certificado de circulación válido en todo el país: se puede hacer desde la web, completando e imprimiendo el formulario de la página oficial del Gobierno, y también se puede conseguir a través de la aplicación móvil CuidAR.
Cómo se descarga la aplicación CuidAR
- Ingresar desde cualquier smartphone, ya que funciona tanto en Android como en iOS (iPhone).
- Podrás descargar la aplicación directamente desde App Store (iOS) o Google Play (Android).
- Completar los campos obligatorios: nombre, número de documento, número de trámite (la serie numérica de 11 dígitos que aparece justo a la izquierda del código QR, en el frente de la tarjeta del DNI) y género.
- Escanear el código QR que aparece en el frente del DNI (debe coincidir con la delgada línea roja que aparece en la pantalla para su lectura).
- Confirmar datos.
- La app pregunta al usuario si permite acceder a la geolocalización. Para poder utilizar CuidAR, es necesario darle acceso a la localización geográfica, ya que uno de sus principales propósitos es rastrear el recorrido de casos sospechosos de coronavirus.
- Completar los datos de domicilio del usuario.
- Brindar datos sobre temperatura corporal y posibles síntomas de Covid.
- El sistema advertirá sobre el carácter de declaración jurada de los datos ingresados, por lo que es necesario ingresar datos correctos y actualizados.
Por su parte, el Decreto de Necesidad y Urgencia 334/202 (DNU) establece que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.
No obstante, el texto precisa que “podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias”, para lo cual “no será necesario contar con autorización para circular”.
Sin embargo, se remarcó que en ningún caso se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
COVID-19: la circulación nocturna, prohibida
Por último, continuará vigente la prohibición de circulación nocturna, que regirá desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente. La única excepción a esta norma será para los trabajadores esenciales, quienes además podrán usar el transporte público si pertenecen a los sectores mencionados en el DNU.
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