6 de septiembre 2025 - 12:30

El trámite que ya pueden realizar los jubilados para que sea más fácil recibir los pagos de ANSES

Los titulares pueden elegir un apoderado, ya sea familiares, abogados o bancos, que gestione trámites previsionales o cobre sus haberes mensuales.

Para realizar este trámite, deberás contar con documentación necesaria y solicitar un turno a través de mi ANSES. 

Para realizar este trámite, deberás contar con documentación necesaria y solicitar un turno a través de "mi ANSES". 

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa sumando herramientas para facilitar el acceso a sus prestaciones. En esta oportunidad, los jubilados y pensionados tienen la posibilidad de designar a un apoderado que los represente en distintos trámites, incluyendo el cobro mensual de sus haberes.

Se trata de un procedimiento pensado especialmente para quienes presentan dificultades de movilidad, residen en el exterior o prefieren que una persona de confianza los asista en las distintas gestiones. El procedimiento, por su parte, se inicia a través de "mi ANSES", la plataforma digital que centraliza los datos personales y del grupo familiar. Luego, deberán presentarse en la oficina de atención presencial más cercana con la documentación correspondiente. A continuación, conocé todos los detalles.

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Jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado ante ANSES

ANSES contempla distintas alternativas a la hora de elegir al apoderado. Puede tratarse de un familiar directo, como hijos, nietos o cónyuge, un conviviente previsional, un abogado, un representante consular, un banco autorizado (Banco de la Nación Argentina, el Banco Ciudad, el Banco Patagonia, el Credicoop, el Banco Piano y el Banco Comafi), o incluso directivos de instituciones de salud (hospitales, sanatorios y asilos) en caso de internaciones prolongadas. Si existe una medida judicial, un tutor o curador también puede ser designado para cumplir esta función.

El proceso comienza con la reunión de la documentación necesaria, que varía según el tipo de apoderado elegido:

  • Familiar: DNI y documentación que acredite parentesco.
  • Conviviente Previsional: hay que tener acreditada la relación como conviviente previsional.
  • Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por autoridad bancaria.
  • Tutor/medida de Abrigo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
  • Curador/Apoyo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
  • Abogado: credencial vigente.

Una vez reunida esta información, el segundo paso es solicitar un turno en la web oficial de ANSES. La excepción se da cuando el apoderado es un familiar directo, en cuyo caso el trámite puede completarse de manera más ágil. El día de la cita, el titular y la persona designada deben presentarse con sus respectivos DNI en la oficina correspondiente.

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