El domingo 18 de mayo, los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán acercarse a las urnas para participar de las elecciones legislativas locales. Se elegirán 30 nuevos legisladores porteños y 105 integrantes de las Juntas Comunales. El proceso será con boleta única electrónica, tal como sucedió en los comicios de 2023.
Elecciones 2025 en CABA: cuándo son, qué se vota y qué tipo de boleta se utilizará
La Ciudad de Buenos Aires elige 30 legisladores y 105 comuneros. Consultá dónde votás, qué documentos son válidos y cómo será la votación.
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Todo lo que tenés que saber para estas Elecciones.
Desde el 18 de abril, ya se encuentra habilitado el padrón electoral definitivo. Los ciudadanos pueden consultar su lugar de votación ingresando al sitio oficial del Gobierno porteño, donde figuran la escuela asignada, el número de mesa y de orden.
Qué se vota en las elecciones del 18 de mayo
En estos comicios no se eligen cargos nacionales, ya que se trata de elecciones exclusivamente locales. Los porteños votarán por 30 legisladores que integrarán la Legislatura de la Ciudad y por 105 miembros de las Juntas Comunales, distribuidos en las 15 comunas (siete por cada una).
No se realizarán elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), ya que fueron suspendidas en el distrito para este año.
Qué tipo de boleta se utilizará
Los ciudadanos votarán mediante el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), una modalidad que ya se utilizó en comicios anteriores y que busca agilizar el proceso de votación y conteo.
Este sistema combina el uso de una máquina electrónica con una boleta impresa: primero seleccionás tus candidatos en una pantalla táctil y luego la máquina imprime la boleta con tu voto, que además incluye un chip para ser leído nuevamente en la misma máquina y verificar tu elección.
Una vez que confirmás el voto, la boleta impresa se deposita en la urna como en cualquier elección tradicional. Esta tecnología permite reducir errores, evitar confusiones por la proliferación de boletas y disminuir el tiempo de espera en el escrutinio.
Quiénes pueden votar
Pueden votar los ciudadanos argentinos nativos o naturalizados que tengan 16 años o más al día de la elección, y los extranjeros que figuren en el Registro de Electoras y Electores Extranjeros. En ambos casos, es necesario contar con domicilio registrado en la Ciudad.
Las personas extranjeras que residan en la Ciudad también pueden ejercer el derecho al voto, pero únicamente para cargos locales. Para ello, deben tener residencia permanente y estar registradas antes del 17 de enero de 2025, como exige el Código Electoral de la CABA.
Cabe destacar que el voto es voluntario tanto para los mayores de 70 años como para los jóvenes de 16 y 17 años. También pueden votar los ciudadanos que estén cumpliendo prisión preventiva, siempre que no estén privados del derecho a sufragar por sentencia judicial.
Qué documentación debo presentar
Para poder votar, es obligatorio presentar el último ejemplar del Documento Nacional de Identidad (DNI) que tengas en tu poder. Puede ser en formato libreta verde, libreta celeste o tarjeta, siempre que sea igual o posterior al que figura en el padrón.
Tal como aclara el sitio oficial del Gobierno porteño, “no se podrá votar con un documento anterior al que figura en el padrón ni con constancia de documento en trámite”. Por eso, es importante revisar con anticipación qué ejemplar tenés y asegurarte de que esté en condiciones.
El documento debe estar en buen estado y permitir verificar tu identidad. En caso de presentar uno distinto al registrado o no contar con ningún ejemplar válido, el presidente de mesa tiene la facultad de impedirte votar.
Recordá que para los electores extranjeros empadronados en la Ciudad, también es necesario presentar un documento de identidad válido que coincida con los datos del Registro de Electoras y Electores Extranjeros.
Qué pasa si no puedo ir a votar
Si no podés asistir a votar, debés justificar tu ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección. De lo contrario, quedarás registrado como infractor y podrías recibir una multa económica, además de posibles restricciones para realizar trámites administrativos ante organismos públicos.
Según indica el Código Electoral de la Ciudad, los motivos válidos para no votar incluyen enfermedad (con certificado médico), estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación (acreditado con comprobantes) o razones de fuerza mayor debidamente justificadas.
La justificación debe realizarse ante el Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires o en las delegaciones habilitadas. Si bien aún no se habilitó el sistema para hacer el trámite online, se espera que se pueda presentar la documentación de manera digital, como ocurrió en elecciones anteriores.
Para quienes no justifiquen su ausencia, el artículo 125 del Código Electoral establece sanciones como la imposibilidad de ser designado para cargos públicos por un período de tres años y la imposibilidad de realizar gestiones ante organismos estatales durante 12 meses.
Qué pasa si no aparezco en el padrón electoral
Si consultaste el padrón y no figurás, no vas a poder votar en las elecciones del 18 de mayo. Por eso es fundamental verificar con anticipación si estás correctamente registrado. El padrón provisorio estuvo disponible entre el 6 y el 15 de marzo, y ahora ya se puede consultar el padrón definitivo.
No estar inscripto en el padrón es un impedimento legal para participar. Esta situación no se puede corregir el mismo día de la elección, por lo que se recomienda revisar tus datos lo antes posible a través del sitio oficial.
Además, si tus datos figuran incorrectos (por ejemplo, mal escrito tu nombre o domicilio equivocado), tampoco vas a poder votar, ya que el DNI debe coincidir con la información del padrón.
En esos casos, podés presentar un reclamo ante el Tribunal Electoral de la Ciudad, pero solo dentro de los plazos establecidos. Si el reclamo no se hace a tiempo, no habrá forma de incluirte para esta elección.
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