La Justicia del Trabajo determinó que el uso del sistema de chat por parte del trabajador durante el horario laboral, siempre que no sea «abusivo» o «excesivo», no es causal de despido. Así lo decidieron los integrantes de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral, Julio César Moroni y Diana Guthman, quienes le ordenaron a una empresa que deberá indemnizar a una empleada de la que había prescindido por «chatear» durante su horario de tareas.
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