5 de septiembre 2026 - 20:45

Río Negro habilitó el procesamiento de carne silvestre y abrió un debate por el guanaco

La Provincia podrá autorizar cada año las especies destinadas al circuito comercial. La actividad estará sujeta a vedas, cupos de extracción, controles sanitarios y zonas específicas.

La posible comercialización de carne de guanaco concentró las principales objeciones ambientales en la Legislatura.

La posible comercialización de carne de guanaco concentró las principales objeciones ambientales en la Legislatura.

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La Legislatura de Río Negro sancionó una nueva Ley de Carnes que actualiza las condiciones para la faena, elaboración, traslado y comercialización de productos de origen animal. La discusión se concentró en el artículo 15, que permite procesar carne proveniente de fauna silvestre en establecimientos habilitados.

La modificación abre la puerta para que especies exóticas como el jabalí y animales autóctonos como el guanaco ingresen al circuito comercial. Sin embargo, su incorporación no será automática: la autoridad provincial deberá determinar anualmente cuáles estarán autorizadas y establecer las temporadas, los períodos de veda, las áreas permitidas y los cupos de extracción.

El régimen general obtuvo 35 votos afirmativos y seis negativos, mientras que el artículo referido a la fauna silvestre fue aprobado por 25 votos a favor, 16 en contra y una abstención, según informó la Legislatura Provincial.

Además de regular esas carnes, la norma reemplaza el esquema anterior y reorganiza la habilitación, el registro y la fiscalización de plantas y transportes. También incorpora un marco para el autoconsumo rural, diferencia los establecimientos según su escala productiva y distribuye las tareas de control entre la Provincia y los municipios.

La inclusión de especies autóctonas dividió a la Legislatura

El oficialismo defendió la medida como una herramienta para formalizar una actividad que actualmente funciona fuera de los controles sanitarios. Gustavo San Román destacó que permitirá garantizar la trazabilidad de la carne de jabalí y favorecer la elaboración artesanal.

Las principales críticas apuntaron a la eventual comercialización del guanaco y otras especies nativas. Magdalena Odarda advirtió sobre sus consecuencias ambientales y Fernando Frugoni propuso limitar el régimen a la fauna exótica, ante la falta de relevamientos poblacionales recientes.

Desde el oficialismo, Soraya Yauhar afirmó que las autorizaciones deberán ajustarse a planes nacionales de manejo, mientras que Facundo López aseguró que seguirán vigentes las normas de protección de la fauna.

La nueva normativa no habilita automáticamente todas las especies, que deberán definirse anualmente junto con los cupos y las zonas de extracción.

La nueva normativa no habilita automáticamente todas las especies, que deberán definirse anualmente junto con los cupos y las zonas de extracción.

Cómo funcionará la comercialización de carne silvestre

Los productos solo podrán procesarse en establecimientos industriales o artesanales habilitados, con controles de trazabilidad e inspección sanitaria. Quedará prohibida la venta de carne obtenida mediante perros o métodos que provoquen contaminación, sufrimiento excesivo o deterioro de las piezas.

Cuando los animales no sean trasladados vivos, deberán llegar a las plantas desangrados y eviscerados. Allí se realizarán el cuereado, la higienización y el enfriamiento antes de autorizar su procesamiento.

Nuevas reglas para el autoconsumo rural

Los productores registrados podrán trasladar carne vacuna u ovina para consumo propio, pero no para su comercialización. Deberán contar con una guía que identifique el origen, el destino, la especie, la cantidad y el vehículo utilizado, además de acreditar la propiedad del animal.

El traslado deberá realizarse dentro de las 48 horas posteriores a la emisión del documento. La carga tendrá que llevar precinto sanitario, permanecer en un espacio hermético y validarse en el primer control del recorrido.

Cómo se dividirán los controles

Los establecimientos serán clasificados de acuerdo con el volumen y el destino de su producción. Aquellos que comercialicen fuera del municipio de origen quedarán bajo la órbita provincial, mientras que las plantas que operen únicamente dentro de un ejido dependerán de los gobiernos locales.

La Provincia podrá celebrar convenios con municipios o comisiones de fomento que no cuenten con los recursos técnicos necesarios para efectuar las inspecciones. El área de Desarrollo Económico y Productivo controlará las plantas y los transportes, Salud supervisará la inocuidad de los alimentos y la Policía participará en los operativos de ruta.

La ley también crea una categoría para establecimientos artesanales. Podrán ingresar en ella las plantas que produzcan hasta 500 kilos diarios de productos terminados provenientes de faena o hasta 100 kilos por día de alimentos elaborados.

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