12 de marzo 2021 - 23:09

Desde que países quedaron restringidos los vuelos hacia Argentina

En esta nueva etapa, aunque el DISPO se mantendrá sin demasiados cambios, habrá mayores controles a las personas que lleguen al país desde naciones donde circulan nuevas cepas del coronavirus.

La ANAC podrá ampliar o reducir la nómina de países, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional.

La ANAC "podrá ampliar o reducir la nómina de países, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional".

Foto: Pixabay

En esta nueva etapa, aunque el DISPO se mantendrá sin demasiados cambios, habrá mayores controles a las personas que lleguen al país desde naciones donde circulan nuevas cepas del coronavirus -la británica y la brasileña, principalmente- y de zonas "calientes" en nivel de contagios.

Por el momento, los arribos desde Reino Unido e Irlanda del Norte, debido a la cepa británica, se mantendrán suspendidos.

Las zonas de riesgo que más preocupan al Gobierno verán reducidos el arribo de vuelos al país. Por caso, los servicios desde Brasil se restringirán un 20% más. Anteriormente se había dispuesto una reducción del 50%. Mientras que a los de EEUU se agrega otro 10% al 30% que se estaba establecido. Asimismo, los vuelos desde México, Europa, Perú, Ecuador, Colombia, Panamá y Chile se reducirán un 30%. En los dos primeros casos es una restricción que ya regía.

Por caso, la ANAC "podrá ampliar o reducir la nómina de países, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional".

DISPO 12 de marzo 2021

Asimismo, Migraciones "determinará y habilitará los pasos internacionales que resulten adecuados para el ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes autorizados al efecto por el citado organismo, en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 274/20 y sus modificatorios; y para el egreso de las personas del territorio nacional y la individualización de los supuestos de excepción".

El artículo 4 de la decisión administrativa recomienda "a los nacionales o extranjeros residentes en el país y, en particular, a los mayores de SESENTA (60) años de edad o a personas pertenecientes a los grupos en riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales".

Se recuerda que "la salida y el reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de la REPÚBLICA ARGENTINA al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma; tal y como la imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con COVID-19, la necesidad de contar con un servicio de salud del viajero COVID-19 en el exterior para la cobertura médica y/o aislamiento, y de denunciar los lugares en donde estuvo en los últimos CATORCE (14) días previos al reingreso al país, entre otros.

"Asimismo, deberá darse cumplimiento a las condiciones impuestas por la autoridad sanitaria nacional y someterse al control de las Autoridades Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Municipales, en sus respectivas jurisdicciones y ámbitos de su competencia", se añade.

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