La ley que establece penas de prisión para delitos informáticos como la publicación de pornografía infantil a través de Internet y la violación de correos electrónicos fue publicada ayer en el Boletín Oficial.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
La norma, que fue oficializada así por el gobierno nacional, incluye a las comunicaciones por Internet como medio factible para cometer delitos contra la integridad sexual y la privacidad de las personas.
Hace dos años, un grupo de periodistas denunció que sus casillas de correo electrónico habían sido violadas y, tras una ronda de consultas con expertos, se elaboró un proyecto para castigar estos delitos, aún no contemplados por el Código Penal.
La ley contempla penas de prisión de quince días a seis meses a quien abra, acceda indebidamente o intercepte una comunicación electrónica, una carta o un pliego cerrado que no le esté dirigido.
Por otro lado, la norma establece penas de seis meses a cuatro años de cárcel para quien publique imágenes pornográficas de menores de 18 años y castiga con entre un mes y dos años de prisión a quien las posea con fines inequívocos de distribución o comercialización.
Dejá tu comentario