19 de septiembre 2023 - 10:29

Obras sociales: qué hacer si un médico quiere cobrar un extra por una consulta

El cobro de un copago por los profesionales de la salud se suma a las cuotas cada vez más caras que se les abona a las obras sociales y prepagas.

La ley de prepagas establece que este pago extra no puede cobrarse.

La ley de prepagas establece que este pago extra no puede cobrarse.

Como parte de las medidas económicas anunciadas por el ministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa, se encuentra la suspensión del aumento de las prepagas para familias con ingresos inferiores a $2 millones mensuales, por 90 días. A raíz de esto, y desde desde hace algunos años, muchos médicos comenzaron a cobrar un plus en sus consultas e intervenciones.

En este esquema, donde el poder lo suele tener el especialista o la institución, el que tiende a perder es el paciente, que se encuentra en un estado de vulnerabilidad y frente a una situación de riesgo. Este, además de pagar su obra social, debe enfrentarse a un extra que no estaba previsto y que es ilegal.

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Qué hacer si el médico quiere cobrar un copago

Esta práctica no es legal, así está previsto por las normativas de la ley de prepagas, y por la Superintendencia de Servicios de Salud, el organismo de control.

Sin embargo, a quienes les suceda, la indicación es reclamar a la obra social. De esta manera, la entidad deberá gestionar la situación con el prestador involucrado, a fin de que deje de llevar adelante ese cobro no permitido.

En caso de que la atención sea urgente y no se pueda esperar a la resolución del reclamo, la prepaga deberá reintegrar el dinero abonado.

Si un paciente tiene inconvenientes con la cobertura médica asistencial de la Obra Social Nacional o Entidad de Medicina Prepaga, podrá realizar el reclamo en la Superintendencia de Servicios de Salud. En este caso, se necesita:

  • Formulario de reclamo firmado por el titular o, en caso de urgencia, por gestor oficioso, ratificada en 30 días.

  • Fotocopia del DNI del titular

  • Fotocopia de CUIL o CUIT.

  • Fotocopia de la credencial Obra Social o Prepaga.

  • Fotocopia del último recibo de sueldo, o certificación laboral extendida por el empleador actual.

  • Si es para el grupo familiar: Fotocopia del DNI, Fotocopia de la credencial de Obra Social o Prepaga de la persona a cargo y documento que acredite el vínculo (partida de nacimiento, libreta de matrimonio, certificado de concubinato).

  • Prescripción médica actualizada.

  • En caso de Problemáticas de Discapacidad: Fotocopia de Certificado de Discapacidad (CUD).

  • Nota del prestador en caso de corte de servicios por deuda de Obra Social.

  • El trámite se podrá realizar en la siguiente link: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=2723

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