6 de octubre 2005 - 00:00

España juzgará casos de genocidio en todo el mundo

Madrid (AFP, ANSA, EFE) - La Justicia de España volvió a convertirse en «pionera» ayer, cuando el Tribunal Constitucional decidió que la Justicia local es competente para juzgar delitos de genocidio y crímenes contra la humanidad cometidos fuera de ese país y aun cuando no haya víctimas de esa nacionalidad.

El alto tribunal considera «que el principio de jurisdicción universal prima sobre la existencia o no de intereses nacionales», en respuesta a un recurso interpuesto en 1999 por la Premio Nobel de la Paz guatemalteca, Rigoberta Menchú, después que el Tribunal Supremo (TS) sólo admitiera perseguir los crímenes contra la humanidad en Guatemala cuando afectaran a víctimas españolas.

La resolución del TC anula, de esta manera, una decisión del TS de marzo de 2003 y «avala las tesis de la Premio Nobel de la Paz para que España investigue los delitos de genocidio, torturas, asesinatos y detención ilegal cometidos en Guatemala entre los años 1978 y 1986».

Menchú había apelado al Tribunal Constitucional tras conocer la sentencia de 2003 del TS, la cual a su vez revocaba otra sentencia de la Audiencia Nacional (principal instancia penal española) que rechazaba la denuncia presentada por Menchú en diciembre de 2001 por el genocidio cometido durante los regímenes militares en el país centroamericano, en el que murieron 200.000 personas.

• Precedente

En un caso que sienta un trascendenteprecedente en relación con la represión ilegal del terrorismo en la Argentina en los años '70, el TC consideró que las decisiones del Supremo y de la Audiencia de actuar sólo en razón de las víctimas españolas, y cuando se probara la inactividad de los tribunales guatemaltecos, vulneran el derecho de Menchú «a la tutela judicial efectiva consagrada en la Ley Orgánica del Poder Judicial español».

Aunque el país donde se ha producido el delito debe encargarse de su persecución, ello «en absoluto conlleva una prohibición para el resto de las partes firmantes (del convenio sobre genocidio de 1948 y de otros tratados) de establecer criterios extraterritoriales de jurisdicción para el genocidio».

Según el TC,
«para la activación de la jurisdicción universal extraterritorial habría de ser, entonces, suficiente con que se aportaran indicios serios y razonables de la inactividad judicial que vinieran a acreditar una falta, ya de voluntad, ya de capacidad para la persecución efectiva de los crímenes» en el país donde ocurrieron los hechos.

El TC contestaba así a la Audiencia Nacional que había pedido a Menchú una «prueba de rechazo efectivo de la denuncia por los Tribunales guatemaltecos» para aceptar su denuncia sobre la base del principio de subsidiariedad. El fallo recuerda, además, que el convenio sobre el genocidio «deja abierta a los Estados firmantes la posibilidad de establecer ulteriores mecanismos de persecución del genocidio», además de los previstos en el tratado, incluyendo los que puedan implicar extraterritorialidad.

• Fundamento

El Tribunal Constitucional tampoco admite que se una la intervención de los tribunales españoles a que la víctima sea un español o afecte a los intereses nacionales, ya que «la persecución internacional que pretende imponer el principio de justicia universal se basa exclusivamente en las particulares características de los delitos sometidos a ella, cuya lesividad (paradigmáticamente en el caso del genocidio) trasciende la de las concretas víctimas y alcanza a la comunidad internacional en su conjunto».

El TC ordena así que la denuncia de Menchú vuelva al punto en que se encontraba antes de su rechazo por la Audiencia.


La denuncia de Menchú contra ocho ex altos funcionarios guatemaltecos, incluye, además del genocidio contra comunidades indígenas, el asalto de militares contra la embajada española en 1980 --hecho en el que murieron 37 personas, entre ellas, tres españoles-.

El vicepresidente de Guatemala, Eduardo Stein, reaccionó a la sentencia afirmando que ésta creará «polémica», pero precisó que la propia Constitución guatemalteca da preeminencia a los «compromisos internacionales» sobre la legislación nacional.


«Sin duda va a ser un tema muy polémico, porque supone un choque frontal contra derechos soberanos de jurisprudencia nacional», declaró Stein a los periodistas en Bruselas.

Dejá tu comentario

Te puede interesar