8 de junio 2004 - 00:00

Malo: suben costos en empresas por fin del tope para los aportes

El decreto de necesidad y urgencia 491/2004 modificó los topes de las contribuciones patronales con destino al régimen jubilatorio que hasta ahora ascendían a $ 4.800. Se lo dividió en cuatro escalones, hasta que en octubre de 2005 se deje sin tope (junio a setiembre de 2003 $ 6000; octubre 2004 a marzo de 2005 $ 8000; abril a setiembre 2005 $ 10.000 y desde el 1 de octubre 2005 sin tope). El decreto (art. 3°) dice literalmente: «La norma comenzará a regir para los aportes y contribuciones que se devenguen a partir del primer día del mes subsiguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial». Dado que el decreto fue publicado en abril de 2004, el mes siguiente es mayo y el subsiguiente es junio. Por ende, y siguiendo el texto, el cálculo se deberá realizar sobre las remuneraciones devengadas en junio, y los depósitos se realizarán en agosto de 2004.

En la AFIP hay quien dice que el mes subsiguiente es mayo, conforme a lo que establece el Diccionario de la Real Academia, que define la palabra subsiguiente como que subsigue o que sigue inmediatamente a aquello que se expresa o sobrentiende. En función de la escasa luz que arroja esta definición, hay quienes expresan que lo que subsigue en el caso del decreto es el mes de mayo.

• Límite

Cuánta discusión se habría ahorrado si se indicaba simplemente el mes del primer devengamiento. Otro tanto ocurre con los topes en relación con otros ámbitos de la seguridad social que por ahora siguen rigiéndose por el Decreto 290/ 2000 que fijó topes para el régimen jubilatorio, el de obras sociales, el del instituto y otras, limitándola a 60 MOPRE, o sea a $ 4.800 (60 MOPRE x $ 80 = $ 4.800). Como el Decreto 491/ 2004 es de necesidad y urgencia, ya que modifica textos legalesaprobados por el Parlamento, hay quienes sostienen que se dejan sin efecto normas reglamentarias pretéritas y con ello se alteran los topes a los fines de obras sociales y del régimen de riesgos del trabajo. Para otros, rigen las normas reglamentarias fijadas ad hoc, y para que éstas sufran un cambioen línea con la nueva norma habría que dictar una norma reglamentaria que la reemplace y reformule.

Alrededor de veinte mil empresas tienen salarios que superan los topes, por lo menos en uno o dos casos, y en cerca de cinco mil ochocientas se liquidan salarios a una parte importantede la estructura de conducción que también superan los topes. La incidencia en los costos laborales es sumamente relevante y, de hecho, ha conmocionado los presupuestos de 2004 y mucho más el de 2005, ya que en octubre del año próximo las contribuciones quedarían sin tope alguno.

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