1 de junio 2004 - 00:00

Serio: quieren que la indemnización doble rija permanentemente

El 30 de junio próximo vence la última prórroga dispuesta por el Poder Ejecutivo de la indemnización por despido duplicada. Unos hablan de que comienza la salida del sistema, otros que se prorroga nuevamente por la crisis energética y, por último, hay quienes propician su instalación definitiva como ley de fondo. Veamos las tres versiones. La primera se refiere a la posible salida del sistema, y allí se han planteado dos alternativas. La primera se refiere a abandonar la duplicación en función de la antigüedad del trabajador. Por ejemplo, liberar primero a los que tienen tres (3) años, luego a los que tienen cinco (5) y así sucesivamente. Como se recordará, ya están excluidos los trabajadores que ingresen a partir del 1 de enero de 2003 y que impliquen un aumento real de la dotación. La otra alternativa es salir en forma porcentual, por ejemplo, que a partir del 1 de julio se pagará -en lugar de 100% de recargo-75% y a partir de otra fecha, 50% y así hasta llegar a cero.

La segunda versión es la de prorrogar por otro tramo más la duplicación y se dice que la misma tendría como fundamento la crisis energética, que por sí puede importar futuros despidos, que hasta ahora no se han producido.

• Razonable

Si esta alternativa prosperara, se plantea como plazo razonable el de tres meses más y como muy generoso el de seis meses, con lo cual regiría hasta el 31 de diciembre de 2004.

La tercera versión, menos probable, indica que la duplicación ha sido evaluada como una reforma que merece ser permanente y no provisoria como la impuso la Ley de Emergencia Pública
por el tiempo en que estuviera vigente dicha emergencia. Para ello habría que realizar una reforma legislativa que necesariamente debe pasar por el Parlamento, ya que no sólo habría que modificar la Ley de Contrato de Trabajo, sino que, además, habría que determinar los efectos de la reforma en otras indemnizaciones y en los estatutos especiales, como, por ejemplo, el de viajantes de comercio o el de periodistas profesionales. En rigor, los efectos de la duplicación son los siguientes:

1. Tiene un costo laboral elevado que es un desaliento a futuro para la inversión y el empleo.

2. Las indemnizaciones están acompañadas de numerosos recargos, como son, por ejemplo, adicionales por falta de pago en término de aquéllas o sanciones por pagos registrados en forma deficiente y falta de entrega de los certificados de trabajo, que aumentan las indemnizacionesnormales y los efectos económicosde un reclamo por despido.

3. Protege teóricamente a los que tienen empleo, aun cuando en rigor sólo una de cada tres personas desvinculadas, en la práctica, cobran la indemnización duplicada.

4. En el marco de las pequeñas empresas no se cumple con el pago de la duplicación al momento de despedir, dado el alto grado de informalidad existente.

5. El costo de salida alto de las personas de mayor antigüedad genera un incremento de costo originado en la imposibilidad de producir la rotación imprescindible para lograr mayor eficiencia y adaptabilidad al cambio dentro de cada empresa. En síntesis, si el futuro es el empleo y la empleabilidad y ambos siguen siendo objetivos prioritarios de este gobierno, la duplicación debería desaparecer en forma gradual y previsible.

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