7 de abril 2010 - 21:34

Avanza en Diputados proyecto para cambiar la ley que regula los DNU

Diputados de la oposición suscribieron un dictamen de mayoría sobre el proyecto de ley que establece cambios al régimen legal de los decretos de necesidad y urgencia, de delegación legislativa y de promulgación parcial de leyes.

Así lo hicieron en el marco de un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales, y de Peticiones, Poderes y Reglamento que se desarrolló, con la ausencia de legisladores del oficialismo, en el Edificio Anexo de Diputados, donde la iniciativa cosechó el respaldo de 34 opositores.

En este marco, fuentes parlamentarias consignaron que la intención del arco opositor es esperar los siete días reglamentarios para que el proyecto quede en condiciones de ser tratado en el recinto, pese a que se trata de un tema que cuenta con una moción de preferencia votada en la última sesión.

Centralmente, el proyecto que introduce modificaciones a la Ley 26.122 dispone que los DNU sólo serán válidos cuando obtengan la ratificación de ambas cámaras, mientras que actualmente el decreto es válido desde su firma y sólo se puede disponer su invalidez con el rechazo de Diputados y del Senado.

Además, el artículo 3 del proyecto que ahora cuenta con despacho de comisiones aumenta la integración de la Comisión Bicameral de Tratamiento Legislativo al llevarla de 8 representantes por cada Cámara a doce, "respetando la proporción de las representaciones políticas".

Por otro lado, el artículo 18 dispone que el jefe de Gabinete "deberá someter los DNU y de promulgación parcial a la consideración de la Comisión Bicameral Permanente, concurriendo personalmente ante ella, dentro de los diez días corridos desde la fecha de su dictado".

"Vencido ese plazo sin que el jefe de Gabinete cumpla con tal exigencia, la Comisión Bicameral Permanente se abocará de oficio a su tratamiento. Sin perjuicio de lo anterior, desde su publicación oficial, la Comisión puede abocarse de oficio a la consideración de los referidos decretos", indica la iniciativa.

También, prevé que, "cuando el Congreso esté en receso, el dictado de un decreto de necesidad y urgencia importará la convocatoria automática a sesiones extraordinarias para su inmediato tratamiento por parte de ambas Cámaras del Congreso".

En otro orden, el proyecto establece que, para mantener su vigencia, los DNU y los decretos de promulgación parcial de leyes deberán ser "aprobados expresamente por la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara del Congreso".

En tanto, señala, "perderán su vigencia aquellos decretos que sean rechazados por una de las Cámaras o que no sean aprobados en forma expresa por ambas Cámaras dentro de los 60 días corridos contados desde la fecha de su dictado".

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