Este viernes, la Justicia ordenó al Gobierno de Javier Milei que continúe con los planes de entrega de alimentos a comedores y merenderos de todo el país. La resolución surge como respuesta a una a acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP), en representación de comedores comunitarios sin acceso a alimentos desde febrero de este año.
Comedores comunitarios: el Gobierno de Javier Milei interpreta que la Justicia avala su política de alimentos
Desde el Ministerio de Capital Humano expresó que se ratifica la "legalidad y el enfoque progresivo de las acciones desplegadas por el Ministerio de Capital Humano".
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El juez federal Walter Lara Correa emitió un fallo de fondo de 129 fojas donde reafirmó el derecho a la alimentación de las personas vulnerables en Argentina. De esta manera, la decisión de la Justicia instó al Gobierno a continuar con la entrega de alimentos a comedores y merenderos del país.
Durante la jornada, el Ministerio de Capital Humano emitió un comunicado donde detalló la decisión del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7 sobre la legalidad de las políticas alimentarias, así como también de su avance: ''Ayer (...), emitió una sentencia en el marco de la implementación de las políticas alimentarias a los comedores, ratificando la legalidad y el enfoque progresivo de las acciones desplegadas por el Ministerio de Capital Humano. La decisión judicial consolida la continuidad de los procedimientos de asistencia alimentaria que se venían realizando y refuerza el compromiso del Ministerio de gestionar recursos públicos de manera responsable y de garantizar que los programas de asistencia lleguen directamente a quienes más lo necesitan, sin intermediarios, consolidando así una política de equidad y transparencia''.
Asimismo, manifestaron que ''el juez rechazó el planteo principal del actor, quien argumentaba un supuesto incumplimiento del Ministerio de Capital Humano en la implementación de sus políticas'', y que ''la sentencia establece que el Ministerio ha actuado dentro del marco normativo vigente, fomentando la continuidad y el mantenimiento de los programas sociales''.
''El Ministerio de Capital Humano ha cumplido en todo momento con los procedimientos legalmente establecidos''
"La sentencia determina que los titulares del derecho a la asistencia alimentaria son directamente las personas, y no los intermediarios, promoviendo un acceso directo y transparente a los recursos. En este contexto, se establece la responsabilidad de las jurisdicciones locales –tanto provinciales como municipales– en la asistencia alimentaria, fortaleciendo una estructura coordinada que favorezca a los más necesitados", remarcaron.
Además, analizaron que "el fallo reconoce el principio de progresividad en las políticas alimentarias que viene desarrollando el Ministerio de Capital Humano, destacando el esfuerzo sostenido por ampliar y mejorar estos programas, adaptándolos a las necesidades sociales. Asimismo, ratifica, la 'zona de reserva' – es decir la potestad- que corresponde al Poder Ejecutivo en la creación, modificación y diseño de políticas públicas, confirmando la facultad del Estado Nacional en esta materia''.
"En su pronunciamiento, el juez fue contundente: el Ministerio de Capital Humano ha cumplido en todo momento con los procedimientos legalmente establecidos y no ha incurrido en incumplimientos de las normativas vigentes. La sentencia también reafirma la continuidad de las políticas públicas desplegadas por el Ministerio, con la facultad del Poder Ejecutivo para reestructurar y priorizar los programas de acuerdo con las necesidades del país", concluyeron.
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