Decisión administrativa n° 15/02
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Alerta en escuelas: Jorge Macri dará una conferencia sobre el protocolo que prevé revisar pertenencias y aplicar sanciones
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Caso Adorni: la inmobiliaria aseguró que el departamento tenía un costo mayor que el declarado en la operación
cambiaria, hasta el 10 de diciembre de 2003.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1°—Suspéndese, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, los viajes al exterior regulados por el Decreto N° 280/95, modificado por la Decisión Administrativa N° 58/96, y que impliquen erogaciones a cargo del Gobierno Nacional.
Art. 2° —Los Ministros y el Secretario General de la Presidencia de la Nación, según corresponda en función de la jurisdicción de que se trate, podrán autorizar, excepcionalmente desplazamientos, que deberán estar debidamente fundados en razones de emergencia o en circunstancias extraordinarias. En todos los casos deberán remitirse a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los antecedentes de la medida que se dicte y de los motivos que la justifiquen.
Art. 3°—Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Alfredo N. Atanasof. —Roberto Lavagna.




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