13 de agosto 2023 - 13:15

Elecciones 2023: dónde se paga la multa por no votar

En caso de que no vayas a votar y no cuentes con una justificación válida, Ámbito te cuenta todo lo que debes saber sobre el pago de las sanciones económicas.

Elecciones 2023.

Elecciones 2023.

Mariano Fuchila
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Elecciones 2023.

Elecciones 2023.

Elecciones 2023: dónde se paga la multa por no votar

La multa se paga en el registro de infractores. Primero deberás consultar con tus datos personales cuál es tu situación y, en caso de que seas infractor, deberás generar la boleta de pago de multa que se puede abonar mediante Banco de la Nación u otros medios de pago.

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Elecciones 2023: qué hacer si no voté

Los ciudadanos que no hayan emitido su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta y así regularizar su situación, a tal fin deberán hacerlo ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral, o ingresar al registro de infractores. Si allí figuras como infractor, deberás pagar la multa.

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PASO 2023: de cuánto son las multas por no votar

Una vez pasado el plazo de los 60 días para presentar la justificación ante la Justicia Electoral, la multa quedará en el Registro de Infractores. Los precios aumentan de la siguiente manera, dependiendo si existen infracciones previas:

  • Sin infracciones previas sin regularizar: $50.
  • Con 1 infracción previa sin regularizar: $100.
  • Con 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
  • Con 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.

La penalización por no emitir el sufragio puede abonarse directamente en la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) con cualquier medio de pago digital, o de forma presencial en alguna de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria.

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PASO.

PASO.

Quiénes están exentos de votar

  • Personas mayores de 16 y menores de 18 años.
  • Personas mayores de 70 años.
  • Jueces y auxiliares que se encuentren en funciones durante la elección.
  • Quienes vivan a más de 500 kilómetros del lugar de votación y posean una justificación válida que les impida el traslado.
  • Personas enfermas o imposibilitadas de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se deberá presentar una justificación.
  • Personal que integre organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.

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