22 de noviembre 2000 - 00:00

Movilizaciones programadas y Servicios mínimos

Cronograma de protestas en Capital Federal y Gran Buenos Aires

- Congreso: a partir de las 12:00 del jueves 23, se llevará a cabo una manifestación de empleados estatales, docentes y jubilados además de un cacerolazo frente al Congreso Nacional organizado por mujeres de la CGT disidente que lidera el sindicalista Hugo Moyano.

- Plaza de Mayo: la Juventud Sindical Peronista instalará varias ollas populares, que realizará protestas similares en diversos barrios de la Capital Federal.

- Liniers: se anunció que las Avenidas General Paz y Rivadavia, en ese barrio, serán cortadas por piquetes de taxistas.

- Puente Avellaneda: habrá cortes en el Puente Avellaneda en La Boca donde el tránsito entre Capital y Dock Sud será interrumpido por los sindicatos portuarios.

- Centro: También habrá movilizaciones en Bartolomé Mitre y Pueyrredón, en la avenida Costanera frente al Aeroparque, y a las centrales de Telefónica y Telecom, en plaza Constitución, y en Carlos Pellegrini y Perón.

- Gran Buenos Aires (sur): integrantes del gremio de Camioneros y del Movimiento de Desocupados cerrarán el paso de vehículos en la Rotonda de Alpargatas y en el Cruce Florencio Varela, respectivamente.

-
Autopista Buenos Aires-La Plata: será interrumpida a la altura de Quilmes por trabajadores del ANSeS y desocupados estatales y municipales.

- Gran Buenos Aires (norte): los sindicatos de pinturas y el Smata cortarán la Panamericana, a la vez que trabajadores metalúrgicos interrumpirán el paso en el Complejo Zárate-Brazo Largo.

Servicios mínimos que fijó el Gobierno que los gremios deberán garantizar durante el paro

De acuerdo con la Resolución 145/2000 emanada del Ministerio de Trabajo, basada en la ley 25.250 y el Decreto 843/2000 que la reglamenta, las disposiciones fijadas por el gobierno son:

-
Hospitales: Los hospitales nacionales dependientes del Ministerio de Salud e instituciones de carácter privado deberán garantizar el servicio de guardias, asistencia a unidades de
atención crítica e internación, quirófanos, hemoterapia, ambulancias, provisión de oxígeno y radiología.

-
Transporte automotor de pasajeros y subterráneos: deberán prestar servicios mínimos no inferiores a 40% de los habituales, elevando a 50% dicha prestación entre las 5:50 y las 9:30, y entre las 17:00 y las 21:00. Las líneas de larga distancia deberán asegurar un mínimo del 50% de sus servicios, mientras que en los casos en que se preste una única frecuencia diaria, el mismo deberá realizarse obligatoriamente.

-
Transporte aéreo: se deberá garantizar el 50% de los vuelos de cabotaje e internacionales, aunque para aquellos destinos dentro del país donde se brinde una sola frecuencia diaria la prestación será obligatoria.

-
Transporte ferroviario: deberá asegurar un mínimo del 50% de los servicios diagramados, en tanto que en aquellos destinos donde esté prevista una frecuencia diaria, ésta deberá cumplirse. Se deberá asegurar además que los trenes de carga que, a la fecha del inicio del paro, estén conduciendo mercaderías perecederas o animales en pie lleguen a destino.

-
Otros transportes: Se deberá garantizar además un 40% de las prestaciones normales en los transportes de combustibles, correspondencia y valores y del 50% en la recolección de
residuos. Los servicios de ambulancias y de distribución de tubos de oxígeno se deberán cumplir en forma obligatoria.

-
Telefonía: los gremios deberán asegurar aquellos servicios diagramados para los días sábados y domingos, en tanto que en las prestaciones de agua, energía y gas se deberán asegurar los de los días feriados.

-
Energía eléctrica, gas y Obras Sanitarias: similar a la telefonía.

-
Correos y telecomunicaciones: Deberán asegurarse asimismo las prestaciones esenciales necesarias para cubrir el Servicio Postal Básico Universal, que incluye telegramas de hasta 20 palabras, cartas documento, telegramas obreros y giros telegráficos y postales de hasta mil pesos.

-
Servicios portuarios y de navegación: tendrán que cubrirse en un 50% de su prestación habitual.

-
Clearing bancario: debe garantizarse.

Dejá tu comentario

Te puede interesar