El ministerio de economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la provincia del Neuquén como consecuencia de la sequía que afecta a distintas actividades productivas. La decisión fue formalizada mediante la resolución 2123/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Declaran la emergencia y desastre agropecuario en Neuquén por la sequía
La medida rige hasta el 30 de junio de 2026 y alcanza a explotaciones ganaderas, forestales, acuícolas y apícolas en casi toda la provincia, con acceso a beneficios impositivos y financieros.
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El Gobierno nacional declaró la emergencia y/o desastre agropecuario en Neuquén por la sequía.
Según la norma, la declaración rige desde el 1° de julio de 2025 y hasta el 30 de junio de 2026, y comprende a las explotaciones ganaderas, forestales, acuícolas y apícolas de todo el territorio neuquino, con excepción de los valles irrigados de los departamentos Añelo y Confluencia.
La medida se adoptó tras el análisis realizado por la comisión nacional de emergencias y desastres agropecuarios, que evaluó el decreto provincial 1303/2025 presentado por el gobierno de Neuquén. En ese marco, el organismo recomendó avanzar con la declaración de emergencia y/o desastre, en los términos previstos por la ley 26.509 y sus modificatorias.
Diferencias entre la emergencia provincial y la resolución nacional
De acuerdo con los considerandos de la resolución, la provincia había declarado previamente la emergencia agraria por sequía por un plazo de 18 meses a partir del 1° de enero de 2025, con posibilidad de prórroga. No obstante, a nivel nacional se resolvió fijar un período de un año, que ahora quedó establecido hasta fines de junio de 2026.
La normativa también determinó que el 30 de junio de 2026 será la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 23 del decreto reglamentario 1712/2009.
Qué deben presentar los productores para acceder a los beneficios
Para poder acceder a los beneficios contemplados en la ley 26.509, los productores deberán presentar un certificado de emergencia emitido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios se encuentran comprendidos en la declaración. A su vez, el gobierno provincial deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la comisión nacional el listado de los productores alcanzados, junto con la documentación correspondiente.
La resolución instruye además a las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y a la agencia de recaudación y control aduanero (arca), organismo autárquico en el ámbito del ministerio de economía, a arbitrar los mecanismos necesarios para que los productores accedan a los beneficios fiscales y financieros previstos por la normativa, como prórrogas y exenciones impositivas.
Quiénes implementarán la medida y desde cuándo está vigente
Por último, se facultó a la secretaría de agricultura, ganadería y pesca del ministerio de economía a celebrar los convenios y actos necesarios para la implementación de la medida, que entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
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