Europa mantiene medidas antimonopolio contra Microsoft
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Según el auto judicial, "Microsoft no ha demostrado que, como consecuencia de la ejecución de la decisión impugnada, pueda sufrir un perjuicio grave e irreparable".
Aunque la Corte señala que el recurso de anulación interpuesto "no carece de fundamento", sin embargo considera que "no se cumple el requisito relativo a la urgencia, puesto que Microsoft no ha aportado la prueba de que la divulgación de la información que hasta el momento se había mantenido en secreto pueda causar un daño grave e irreparable".
Respecto a la venta conjunta de Windows y de Windows Media Player, el presidente del Tribunal de Primera Instancia de la UE, Bo Vesterdorf, señala que algunas de las alegaciones de Microsoft "suscitan cuestiones complejas".
Entre ellas, cita el "efecto contrario a la competencia de la venta conjunta que resulta de efectos de red indirectos", que el Tribunal deberá resolver posteriormente.
En este sentido, la Corte recuerda que la sentencia definitiva sobre el fondo del asunto, es decir, sobre el recurso interpuesto por Microsoft contra la decisión de Bruselas que le sanciona por abuso de posición dominante de mercado, se dictará "en una fecha posterior".
La decisión comunitaria incluye además una sanción económica de 497,2 millones de euros por abuso de posición dominante, ya abonada por Microsoft en una cuenta que permanecerá cerrada hasta el fin del proceso de fondo.



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