15 de noviembre 2019 - 00:00

Gobierno compensará con $24.500 millones a productoras de gas

El Enargas fue quien dictaminó la cifra que recibirán las empresas por las diferencias diarias acumuladas entre el valor del gas comprado y el incluido en los cuadros tarifarios entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019.

El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó una compensación superior a los $24.500 millones por la devaluación del año pasado a las productoras de gas. Mediante una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial, se confirmó el monto que recibirán las empresas por las denominadas “Diferencias Diarias Acumuladas mensualmente (DDA)” entre el valor del gas comprado y el incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, “generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio”. Ese ese lapso de tiempo, el dólar pasó de $20,45 a $43,86.

El monto, que será abonado por el Gobierno nacional a las distribuidoras, será transferido en su totalidad a las productoras. Así aclaró la Asociación de Distribuidoras de Gas (Adigas), quien recalcó que ese dinero “no representa para las distribuidoras mayores ingresos, ganancias o compensaciones” ya que la resolución del Energas “compensa únicamente a las empresas productoras por las variaciones del tipo de cambio de los volúmenes de gas natural comprados en el período abril 2018-marzo 2019”.

“Las distribuidoras de gas se limitarán a transferir la totalidad de esa compensación a sus proveedores de gas, toda vez que de acuerdo a la ley 24.076 que rige la actividad, las empresas distribuidoras de no deben ganar ni perder con la adquisición del fluido para los usuarios”, remarcaron desde Adigas.

Según se desprende de la resolución 735/2019, entonces, cada prestadora del servicio recibirá un monto que luego deberá transferir a su proveedor. Así es como Naturgy BAN, Metrogas, Camuzzi Gas Pampeana, Camuzzi Gas del Sur, Litoral Gas, Gas Nea, Gasnor, Redengas, Distribuidora de Gas del Centro y Distribuidora de Gas Cuyana, abonarán la suma que corresponda a Integración Energética Argentina (Ieasa), Tecpetrol, Total Austral, Compañía General de Combustibles, Pan American Energy, Pan American Sur, Wintershall Dea, Compañía Inversora de Energía (Cinergia), Pluspetrol, Pluspetrol Energía, YPF, Enap Sipetrol, Mobil, Pampa Energía, Vista Oil & Gas, Roch.

Enargas fue la encargada de aprobar las cifras de las diferencias diarias acumuladas y dictaminó las compensaciones. Será la Secretaría de Energía quien deba convalidar la deuda para hacerla efectiva, aunque según admitieron desde la cartera esa decisión aún tiene fecha incierta.

La deuda en cuestión tuvo su origen a fines de 2017, cuando el por entonces ministro de Energía Juan José Aranguren determinó que los contratos de venta de gas de los productores hacia los distribuidores estén expresados en dólares al tipo de cambio oficial. Previo al invierno de 2018, el peso sufrió una fuerte devaluación y provocó un desfasaje entre la tarifa que pagan los consumidores (en pesos) y el precio del gas que sale del pozo (en dólares). En octubre de 2018, al dar marcha atrás con el cargo extra a las tarifas, el ex secretario de Energía Javier Iguacel dijo que el Estado se haría cargo de la deuda.

En la resolución publicada ayer, se hace referencia al Decreto 1053/18, publicado en noviembre del año pasado, en el que se aseguraba que “es necesario que el Estado Nacional asuma, con carácter excepcional, el pago de las diferencias diarias acumuladas mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1º de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por la variación del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período”.

El Enargas determinó también que el reconocimiento de las DDA solo resultaría aplicable a aquellas prestadoras y proveedores de gas natural que adhirieran al régimen instituido y renunciaran expresamente a toda acción o reclamo.

Posteriormente la resolución 466/2019 aclaró que la adhesión implicaba la “aceptación íntegra del régimen instituido, sin reservas de ninguna clase o naturaleza y, a la vez, la renuncia total, plena, incondicionada y definitiva a iniciar reclamos administrativos, arbitrales o judiciales de cualquier naturaleza y en cualquier jurisdicción, local o internacional”.

Si bien la fecha para presentar las solicitudes de adhesión era originalmente el 15 de setiembre de este año, se extendió el plazo hasta el 25 de octubre último. Previo a operar el vencimiento para solicitar su adhesión al régimen, “las firmas YPF, Pan American Energy, Pan American Sur, Compañía General de Combustibles, Wintershall Dea y Litoral Gas interpusieron recursos de alzada contra la Resolución 466/2019, los cuales fueron elevados a la Secretaría de Energía”.

Sin embargo, todas las recurrentes solicitaron posteriormente su adhesión al régimen, y suscribieron el modelo de solicitud aprobado por la resolución cuestionada, lo cual implicaba su aceptación íntegra y sin reservas, y la renuncia a toda acción o reclamo derivado de las DDA.

Dejá tu comentario

Te puede interesar