La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un proceso de recategorización de oficio de monotributistas a partir del cruce de datos con billeteras virtuales durante 2024 y 2025. Como resultado, miles de contribuyentes comenzaron a recibir notificaciones en su domicilio fiscal electrónico con ajustes automáticos en su categoría e incluso advertencias de exclusión.
Monotributo y billeteras virtuales: cómo apelar ante recategorizaciones de oficio de ARCA y qué tener en cuenta
El organismo recaudador activó ajustes automáticos tras detectar inconsistencias entre movimientos electrónicos y facturación declarada. Los pasos para responder la notificación, los plazos vigentes y los puntos críticos que conviene revisar antes de que la modificación quede confirmada.
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Monotributo: ARCA ya controla los movimientos en billeteras virtuales y define exclusiones
Actualmente, las plataformas digitales deben informar a ARCA cuando los movimientos superan los $50.000.000 en personas humanas.
El mecanismo se basa en un sistema informático denominado MOREO (Monotributo - Recategorización de Oficio), que consolida los movimientos detectados en cuentas electrónicas y los compara con la facturación declarada. Si el total de fondos ingresados supera los parámetros de la categoría vigente, el sistema presume ingresos no declarados y procede a modificar la situación fiscal del contribuyente.
La coexistencia de ambos esquemas explica por qué muchas de las notificaciones que hoy están llegando mencionan montos muy por debajo de los $50 millones. En esos casos, los datos surgen de información remitida bajo el régimen previo, cuyos umbrales eran considerablemente más reducidos y, por lo tanto, más sensibles a disparar alertas automáticas.
Cómo funciona el cruce de datos
El esquema es automático:
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Suma todas las billeteras virtuales asociadas al CUIT.
Consolida los depósitos registrados en el período analizado.
Compara esos montos con la facturación emitida bajo el Monotributo.
Si detecta un desvío relevante, recategoriza de oficio o inicia un proceso de exclusión.
Desde 2026, los controles se volvieron más integrales y sistemáticos. ARCA ya no analiza operaciones aisladas, sino el perfil completo del contribuyente.
El problema, advierten tributaristas, es que el sistema no distingue entre ingresos por actividad económica y otros movimientos personales, como transferencias entre cuentas propias, préstamos, venta de bienes usados o aportes de socios.
Cómo apelar ante recategorizaciones de oficio de ARCA
La notificación establece que el contribuyente tiene 15 días hábiles desde su recepción para presentar un descargo. Si no interpone el recurso dentro de ese plazo, la nueva categoría queda firme y no admite modificaciones posteriores.
El trámite debe realizarse exclusivamente a través del servicio “Presentaciones Digitales” en el portal de ARCA, donde se debe adjuntar la documentación respaldatoria que justifique los movimientos observados.
Qué documentación conviene adjuntar
Especialistas recomiendan acompañar el descargo con:
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Extractos bancarios y de billeteras virtuales.
Contratos de préstamo o mutuo, si existieran.
Comprobantes de venta de bienes registrables (como automóviles).
Detalle de transferencias entre cuentas propias.
Aportes de socios debidamente documentados.
El análisis debe centrarse en demostrar qué parte de los fondos detectados no constituyen ingresos gravados.
La crítica de los contadores
El contador Alejandro Rosenfeld reflejó en redes sociales el malestar del sector profesional frente a la masividad de los requerimientos: “ARCA no considera préstamos, venta de un automóvil o cualquier otro ingreso que pudiera haber. Te recategoriza antes de preguntar”.
En otro mensaje, agregó: “Calculan ventas-compras-sueldos y si no les da, requerimiento. No tienen en cuenta que puede haber proveedores a los que no se les pagó porque venden a plazo, pudo haber préstamos bancarios. Para ARCA es un segundo, tocan un botón y sale; para nosotros es preparar toda una contestación”.
Según tributaristas, el problema no es el cruce informático en sí -que consideran lógico dentro de una estrategia de fiscalización digital- sino la falta de ajuste fino en los parámetros que disparan los requerimientos.
El tributarista Diego Fraga advirtió que el problema no radicaría en el cruce informático en sí, sino en el criterio utilizado para medir los ingresos. “Pareciera que estarían usando como parámetro los ingresos por billeteras virtuales. El tema es que estas herramientas no se utilizan únicamente con fines comerciales”, señaló.
En ese sentido, explicó que muchas acreditaciones pueden responder a transferencias entre cuentas propias, movimientos entre familiares, préstamos u operaciones que no guardan relación con la actividad gravada. “Si no se depuran razonablemente esas acreditaciones, podrían generarse exclusiones arbitrarias. Debería existir una instancia de ida y vuelta para garantizar el derecho de defensa del monotributista”, sostuvo. Según Fraga, avanzar directamente con una exclusión sin un intercambio previo implica recortar etapas de defensa administrativa. “Si excluyen sin preguntar, aunque después queden los recursos, se estarían quitando instancias previas que son fundamentales”, concluyó.





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