16 de diciembre 2025 - 16:09

Reforma laboral: las exchanges se entusiasman con la posibilidad de que se paguen salarios en criptomonedas

La iniciativa del Gobierno no solo habilitaría la posibilidad de depositar salarios en billeteras virtuales, sino también de hacerlo en especie, categoría en la que entran las criptomonedas.

En la actualidad hay un límite para el pago de salarios en criptomonedas.

En la actualidad hay un límite para el pago de salarios en criptomonedas.

Imagen: Freepik

El proyecto de reforma laboral que impulsa el Gobierno, y que ya comenzó a debatirse en el Congreso, incorpora nuevos tipos de remuneraciones a los empleados, como así también habilita nuevas formas de pago de su salario. Además de habilitar el uso de billeteras virtuales, permite el pago en moneda extranjera, como el dólar, pero también el pago en especie, lo que deja abierta la puerta al uso de criptomonedas. Una posibilidad que entusiasma a la industria cripto local.

El borrador del proyecto incorpora una serie de modificaciones al Régimen de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744. Una de ellas es al Artículo 105. "El salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, especie, habitación o alimentos", reza el texto que impulsa el oficialismo. Se trata de un cambio que elimina el tope del 20% máximo que actualmente rige para el pago en especie, habitación o alimentos.

Además, otro cambio que introduce la nueva reforma laboral es en el Artículo 124 de la LCT. Bajo la nueva normativa, las remuneraciones "deberán pagarse, bajo pena de nulidad, únicamente mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria, en institución de ahorro oficial, en Proveedores de Servicios de Pago habilitados por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) para tal actividad, o en otras categorías de entidades que la Autoridad de Aplicación autorice".

Las exchanges apuestan al salario cripto

Esas modificaciones habilitarían a pagar los salarios en cualquier billetera digital, incluidas las del ecosistema cripto local, además de permitir de que una parte del sueldo, o la totalidad, sea realizado en activos digitales. "De cierta manera ya se viene haciendo y es uno de los principales valores que tiene cripto. Porque pagos a freelancers ya se vienen haciendo con cripto hace un montón", argumentó a Ámbito el CEO de Bitso, Julián Colombo.

El especialista sostuvo que "la ventaja competitiva ya está dada" y agregó: "Casi todos los exchanges que estamos registrados en la Argentina somos Proveedores de Servicios de Pago locales. Al también tener CVU ya podemos cobrar los salarios en pesos".

Se trata de un diagnóstico compartido por Manuel Beaudroit, CEO de Belo. "Nuestro segmento de industria y también todo el mundo freelancer está muy acostumbrado a eso. Poder extender esa posibilidad a más trabajadores que hoy cobran en pesos sería una gran innovación y le daría mucho más control sobre su futuro a las personas", expresó.

Por su parte, el Director de Asuntos Públicos de Lemon Cash, Juan Pablo Fridenberg, explicó a este medio que el pago de remuneraciones en criptomonedas es una de sus propuestas para poder integrar los activos virtuales a la economía formal, una iniciativa que están explorando "en conjunto con distintos actores del ecosistema".

"Junto con la Cámara Argentina de Fintech hemos impulsado una propuesta concreta en el marco del debate de reforma laboral, que consiste en exceptuar a las remuneraciones pagadas por empresas del límite a los pagos en especie que establece hoy la normativa vigente, siempre que el trabajador lo elija como medio de pago", explicó.

La cuestión impositiva

Sin embargo, Fridenberg explicó que primero "es necesario que la reforma impositiva elimine distorsiones", entra las que mencionó el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Cheque.

Sobre este punto, el tributarista enfocado en fintech y criptomonedas, Marcos Zocaro, aseveró que existe un "gris" respecto a si al pago del salario en criptomonedas se le aplicarían algunos impuestos, como es el caso del tributo al débito y al crédito. Se trata de un hueco legal que podría servir como incentivo para la adopción de ese tipo de pagos por parte de los empleadores, destacaron fuentes conocedoras del tema.

Ante la consulta de este medio, Zocaro consideró que "en principio no (se les aplicaría ese gravamen), ya que no se trataría de 'movimiento de fondos'". En este sentido, hizo mención de que el Banco Central sostuvo en 2014 que las monedas digitales no tienen curso legal.

De todas maneras, también se refirió al fallo “Piantoni Hnos” de 2017, en donde "se declara la constitucionalidad del Impuesto a los créditos y débitos y se concluye que también estará alcanzado por el tributo cualquier movimiento de fondos (incluso en efectivo) que configure un 'sistema organizado de pagos' y que esté 'reemplazando' una operación efectuada a través de un débito o crédito bancario".

En todo caso, aclaró que "si se considerase a las criptomonedas como un sistema de pagos organizado, debería establecerse la regulación respectiva, atendiendo a las particularidades de la actividad".

Dejá tu comentario

Te puede interesar