A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno habilitó el autocultivo controlado de cannabis medicinal, así como también reglamentó el acceso al aceite y otros derivados en farmacias autorizadas. Anteriormente, el autocultivo estaba penalizado y tampoco se había puesto en marcha el registro que se contemplaba en la normativa anterior.
Reglamentan el uso de cannabis medicinal en el país
El decreto regula el autocultivo y la disponibilidad de aceites o derivados en farmacias autorizadas. También crea el registro que estará a cargo del Ministerio de Salud.
-
El gobierno decidió quién estará a cargo del IRCCA luego de que Radío declinara su designación
-
Temporal en Bahía Blanca: parte el segundo Tren Solidario y se reciben donaciones hasta el domingo

Cannabis
La reglamentación de la ley 27630, de investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, se hizo oficial a través del decreto 883/20. Se explicó que, entre otros puntos, este reconocimiento era necesario porque las barreras generaron que un "núcleo significativo" cultivara y formara redes que actualmente gozan no solo de reconocimiento jurídico sino también de legitimación social.
"Los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación. Podrá inscribirse en el Reprocann quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente, en las condiciones establecidas por el programa", se detalló en el documento oficial.
Con la reglamentación se espera poder controlar la calidad de derivados del cannabis o supuestos derivados del mismo, para evitar comprometer la salud y que no se generen expectativas infundadas promovidas por el simple afán de lucro.
Asimismo, se establece: "Los y las pacientes que tuvieren indicación médica para el uso de la planta de Cannabis y sus derivados podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales debidamente registradas por la autoridad sanitaria o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas u otras presentaciones que en el futuro se establezcan. Aquellas personas que, además, no posean cobertura de salud y obra social, tienen derecho a acceder en forma gratuita, conforme la presente Reglamentación".
¿Para qué patologías se emplea?
Según el sitio MedlinePlus, al cannabis medicinal se lo emplea en distintas dolencias, con usos específicos asociados a aliviar síntomas.
- Epilepsia refractaria. Se lo emplea para disminuir el número de convulsiones.
- Dolor crónico. Se usa para aliviarlo. Esto incluye distintos tipos de dolor crónico, incluso aquel provocado por lesiones nerviosas.
- Cáncer. Se lo emplea para controlar las náuseas y los vómitos provocados por la quimioterapia. También para que los pacientes sientan ganas de comer.
- VIH/sida. Ayuda a estimular el apetito cuando la persona no ingiere suficientes alimentos y pierde peso.
Pequeños estudios sugieren que la marihuana podría aliviar síntomas en:
- Esclerosis múltiple
- Enfermedad de Crohn
- Enfermedad inflamatoria intestinal
- Glaucoma (porque reduce la presión ocular)
Posibles efectos secundarios (físicos y emocionales)
- Latidos cardíacos rápidos o irregulares
- Mareos
- Tiempos de reacción lentos
- Somnolencia
- Sensación de alegría o bienestar
- Pérdida de memoria a corto plazo
- Problemas para concentrarse
- Confusión
- Disminución o aumento en la ansiedad
¿Quiénes no deberían utilizarlo?
- Pacientes con enfermedades cardíacas
- Embarazadas
- Personas con antecedentes de psicosis
- Temas
- Cannabis
- ambito hemp
Dejá tu comentario